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Nacional 26-06-2024 10:45

Procedimiento para la constitución del nuevo CGPJ una vez acordados todos los candidatos

Con los nombres ya anunciados de los aspirantes a ser los nuevos miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ahora es tarea de las Cortes --Congreso y Senado-- votar por mayoría cualificada a cada uno de los 20 vocales, de los que 12 proceden de las candidaturas propuestas por magistrados o jueces y 8 son juristas de reconocida competencia. Después, será el propio CGPJ quien elija a su presidente para los próximos cinco años.

A Congreso y Senado les corresponde a partes iguales (10 vocales por cámara) la selección del órgano de gobierno de los jueces, de modo que cada sede legislativa tendrá que votar 6 vocales entre jueces y magistrados y otros 4 entre juristas de reconocido prestigio.

Como paso previo a la votación definitiva, las candidaturas admitidas se envían a la Comisión de Nombramientos, formada por el presidente de la cámara y por los portavoces de los grupos, para que emita un informe sobre la idoneidad de los nombres propuestos.

Diputados y senadores se encargarán de verificar que los 12 candidatos del denominado turno judicial cumplen los requisitos fijados por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que son estar en servicio activo y venir avalados por una asociación o por 25 miembros activos en la carrera.

Además, en lo que respecta a los 12 vocales de extracción judicial, las cámaras deberán comprobar específicamente que tres sean magistrados del Tribunal Supremo y tres tengan más de 25 años de antigüedad.

A EXAMEN EN EL PARLAMENTO

En cuanto al cupo de juristas, el único requisito es que estos 8 sean juristas de avalada trayectoria. En su caso, los aspirantes podrán ser examinados en persona por la Comisión de Nombramientos de Congreso y Senado, un trámite del que están libres los jueces y magistrados.

Dicha comisión tiene la facultad de avalar a los juristas candidatos estudiando sus currículos, aunque si lo prefiere puede convocarles para examinarles en persona. Si así lo decidiera, tal comparecencia es obligatoria, por lo que quien no se presenta no puede ser elegido.

Cada uno de los candidatos tiene que ser aprobado por mayoría cualificada de tres quintos, es decir, 210 diputados y 159 senadores. El nombramiento de los nuevos miembros del CGPJ lo debe validar el Rey y su mandato dura cinco años, a contar desde la fecha de la sesión constitutiva del nuevo CGPJ.

Una vez realizados los nombramientos, los nuevos vocales del Consejo tomarán posesión de su cargo al prestar juramento o promesa ante Felipe VI y a continuación celebrarán su sesión inaugural.

LOS VOCALES ELIGEN A SU PRESIDENTE

En esa sesión de apertura, que será presidida por el vocal de mayor edad, se tendrán que presentar las diferentes candidaturas a presidir el CGPJ, sin que cada vocal pueda proponer más de un nombre.

Como con los vocales, el presidente del CGPJ, que ocupa también la Presidencia del Tribunal Supremo (TS), necesita el apoyo de la mayoría cualificada de tres quintos de los miembros del Consejo.

Para presidir el CGPJ es necesario ser miembro de la carrera judicial como magistrado del Supremo y reunir las condiciones para ser presidente de sala del alto tribunal, o ser un jurista de reputada trayectoria con más de 25 años ejerciendo la profesión.

Durante los cinco años de duración del mandato, el Pleno del Consejo se reúne una vez al mes y será tarea del primer Pleno ordinario posterior a la elección de su presidente nombrar, por mayoría absoluta, al vicepresidente del Tribunal Supremo.

El Pleno del Consejo elegirá cada año a los miembros de la Comisión Permanente, compuesta por el presidente y otros siete vocales --cuatro de los nombrados por el turno judicial y tres de los designados por el de juristas--, que se irán renovando anualmente para que, salvo renuncia expresa de alguno de los 20, todos pasen por ella alguna vez a lo largo del mandato.

DEDICACIÓN EXCLUSIVA

Además, todos los nuevos vocales tendrán que dedicarse de manera exclusiva al Consejo y dejar los trabajos que estaban ejerciendo, después de una reforma de la LOPJ en 2018 que derogó el sistema establecido por el exministro Alberto Ruiz-Gallardón, que limitaba la exclusividad al presidente y a la Comisión Permanente.

Tras la reforma, el cargo de vocal del CGPJ es "incompatible con cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos o no, a excepción de la mera administración del patrimonio personal o familiar".

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