Hacienda limita la exención en IRPF por reinversión a la cuota de propiedad adquirida en la nueva vivienda
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha unificado criterio y ha establecido que un contribuyente que venda una vivienda habitual de su propiedad y reinvierta el importe obtenido en otra vivienda habitual, solo podrá aplicar la exención en IRPF por la parte del precio correspondiente a su porcentaje de participación en el nuevo inmueble si lo compra con otra persona.