El BOC publica la orden por la que se reconoce a los agentes del medio natural como agentes de la autoridad
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este viernes la orden para regular la identificación y acreditación profesional del personal perteneciente al cuerpo de técnicos auxiliares del medio natural, con la que se da respuesta a una reivindicación "histórica" que reconoce a este colectivo la posibilidad de identificarse ante cualquier ciudadano como agente de la autoridad.
La consejera de Desarrollo Rural, María Jesús Susinos, ha destacado la necesidad de establecer una adecuada acreditación e identificación del personal funcionario perteneciente al cuerpo de agentes del medio natural, requisito "indispensable" para una correcta ejecución de las labores que lleva a cabo este colectivo, y "garantía jurídica" tanto para los ciudadanos como para los propios funcionarios.
Así, todo el personal deberá estar acreditado de forma permanente mediante la Tarjeta de Identificación Profesional cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones o bien cuando estén de servicio, y servirá para identificar a los agentes del medio natural y acreditar su condición de agentes de la autoridad.
Los agentes del medio matural, cuando se hallen en el ejercicio de sus funciones, están obligados a portar la Tarjeta de Identificación Profesional y a exhibirla cuando les sea requerido a petición de cualquier interesado.
La utilización de la tarjeta acredita su condición de agente de la autoridad en los términos expresados en el artículo 3 de la Ley 4/2024, de 8 de noviembre; y su uso queda restringido al ejercicio de las funciones que tiene asignadas su titular.
Además, cada agente en activo dispondrá un Número de Identificación Personal (NIP), que consiste en un código alfanumérico aleatorio compuesto por dos letras y cuatro números, siendo personal e intransferible, que se asignará con carácter único y por tiempo indefinido.
La referida identificación se generará en el Registro de números de identificación profesional y se asignará al personal de la especialidad agentes del medio natural en el momento de toma de posesión como personal funcionario de la Comunidad Autónoma. Figurará en su expediente personal y servirá tanto para su identificación ante los ciudadanos como para la realización de aquellos actos administrativos internos relacionados con sus funciones.
También, se crea también el Registro de Números de Identificación Profesional de Agentes del Medio Natural (RNIP) que es único, de carácter no público, oficial y permanentemente actualizado de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Dicho registro contendrá los datos identificativos de los funcionarios del cuerpo y servirá para general el NIP correspondiente a cada uno de ellos.
Su finalidad consiste en disponer de una base de datos que permita generar y contener los números de identificación profesional del personal funcionario. Los datos contenidos en el Registro serán responsabilidad del Servicio de Coordinación de la Dirección General de Montes y Biodiversidad, dónde se designará a la persona o personas responsables de su tratamiento.
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