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Santander 21-11-2022 14:45

El TSJ de Cantabria condena y obliga a la Consejería de Sanidad mediante dos sentencias, a reconocer derechos de dos trabajadores que previamente habían sido rechazados.

La Justicia ha obligado a la Consejería de Sanidad mediante dos sentencias, una del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y otra del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander, a reconocer derechos de dos trabajadores que previamente habían sido rechazados.

Así lo ha dado a conocer CSIF tras ganar estas dos sentencias al Servicio Cántabro de Salud (SCS), cuyo rechazo a las solicitudes de los trabajadores suponía "verdaderos perjuicios económicos para los afectados".

En el primero de los casos, el TSJC obliga a Sanidad a reconocer el grado I del sistema de carrera profesional a una médico de familia de Atención Primaria con objeto de que "se valoren los méritos debidamente invocados y aportados" por la facultativo con el propósito de promocionar laboralmente "al amparo de la convocatoria 2016".

La empleada pública, personal interino en abril de 2019, vio desestimada su solicitud de reconocimiento profesional al entender el SCS que no alcanzaba "el número mínimo de créditos exigidos" en el apartado de Docencia, Investigación y/o Compromiso con la Organización.

Sin embargo, el tribunal ha estimado que los méritos de la representada de CSIF eran "conocidos por la Administración", ya que la trabajadora los había aportado en convocatorias previas. Además, en la prueba testifical practicada quedó constancia de que hubo problemas informáticos a la hora de presentar las instancias.

Así, se considera "probado que, al menos en dos ocasiones, elsistema informático falló y no se pudieron cargar todos los documentos", sin que el SCS haya demostrado "el correcto funcionamiento de su sistema de presentación de instancias".

Del mismo modo, el segundo procedimiento obliga a que el SCS tenga que tramitar de nuevo la solicitud de otro médico interino de familia de Atención Primaria a fin de que "se le valoren los méritos debidamente invocados en la solicitud de participación", "reconociéndole el acceso al grado 1" puesto que "el sistema informático usado para aportar los méritos no funcionaba y por ello los alegó de forma manuscrita remitiéndose a los ya invocados" en otra convocatoria previa donde "sí le fueron valorados y se le reconoció el grado 1".

Por este motivo, "la Administración no puede ampararse en un formalismo para no valorarlos ahora", pues en tales circunstancias "la ley exime del deber de aportar documentación en poder de la propia administración".

En ambos casos la Justicia impone las costas de los procedimientos al SCS.

MESA SECTORIAL

Este mismo miércoles tendrá lugar una mesa sectorial en la Consejería de Sanidad en la que CSIF ha avanzado que exigirá que se modifiquen los puntos de la carrera profesional que se estánjudicializando y que se proceda al encuadramiento extraordinario de todos los profesionales del SCS en el grado que les corresponde "a la mayor celeridad posible".

"El SCS nos obliga a judicializar permanentemente la carrera profesional de todos los trabajadores vulnerando así principios fundamentales", ha manifestado la delegada del sindicato y portavoz del sector sanitario, Margarita Ferreras, explicando que no reconocer estos derechos supone "verdaderos perjuicios económicos para los afectados, que cobran con retraso aquello que legítimamente les corresponde, mientras la Administración les obliga a demorar la progresión en su carrera".

 

 

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