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Opinión 28-04-2019 20:08

Recordando los juicio de residencia, por Juan Goti Ordeñana

 

Un día de elecciones es bueno recodar que el mal de nuestro sistema político es que a los políticos se les ha llenado de privilegios, y no se ha pensado imponerles alguna responsabilidad, ni siquiera la de rechazo por su masa de votantes. Puesto que, presentados por un partido, no se les puede impugnar, ni tampoco exigir responsabilidad individual ante los votantes.

Por ello uno se pregunta, si no sería bueno volver a establecer aquél «Juicio de residencia» o algo parecido, que se acostumbró a utilizar en tiempos del imperio español, desconocido para muchos. La administración de los reinos de la península y de ultramar no se hizo sin pedir responsabilidades, pues desde un principio estuvieron sometidos a sistemas cruzados de control, al tiempo que había contrapesos que impedían la corrupción, y que exigían una actividad positiva, evitando toda ineficacia. A la política de selección de personal que había impuesto la reina Católica, se añadieron unos procedimientos de control, entre ellos el más sonado y temido, fue el «Juicio de residencia». Un proceso jurídico con tribunal, característico del derecho castellano que se aplicó, también, en las Indias.

No es que se tratase de un procedimiento nuevo, ya se había usado en Roma. Recordemos en especial las famosas Verrinas, esto es, los conocidos discursos de Cicerón acusando a Cayo Verres de los abusos cometidos en la provincia de Sicilia, durante su gobierno. Fueron tan duras las acusaciones que Verres se exilió voluntariamente sin esperar la sentencia. Esta costumbre romana, con sus variantes fue introducida en Castilla para juzgar a todos los que habían dispuesto de un cargo en la Administración del Estado.

En tiempo de los Austrias, tanto en la península como en las Indias, cuando un funcionario público, de cualquier categoría que fuera, desde el virrey al último alguacil, terminaba su tiempo de servicio, automáticamente era sometido al «Juicio de residencia». En él se escuchaban todas las reclamaciones y acusaciones de cualquier ciudadano, que quisiere presentar contra él, por haber desempeñado su cometido de una forma deshonesta, negligente y aun ineficaz.

Al sometido a juicio se le analizaba y estudiaba cómo se había comportado en el ejercicio de su función, si había sido honrado en su oficio y si había sido fiel en la consecución de sus objetivos, esto es, si el funcionario de la Administración había cumplido correctamente con aquello para lo que se le había nombrado.

El «Juicio de residencia» se hacía inmediatamente de cesado en el cargo. El relevado en el oficio no podía abandonar la ciudad en la que había desarrollado sus funciones, hasta que se dictara la sentencia absolutoria definitiva. Por celebrarse en el lugar donde había ejercido las funciones y donde tenía que residir el encausado se denominó «Juicio de residencia».

Este juicio no tenía tiempo fijado, podía durar varios meses, mientras se presentaran acusaciones. Durante el juicio se le retenía parte del sueldo, al objeto de garantizar el pago de las condenas que se le podrían imponer. El juicio era sumario y público, aunque una parte de la instrucción era secreta para asegurar a los testigos y acusadores del hombre que había tenido poder, y para que éste no pudiera vengarse de los acusadores. Virreyes, oidores, corregidores y jueces pasaron por este tipo de juicio al cesar en sus cargos, que solían ser temporales.

El «Juicio de residencia» era un acontecimiento público, que se pregonaba a los cuatro vientos por los alguaciles, para que participara toda la ciudadanía. Algunos fueron verdaderos acontecimientos sociales. En general esta institución funcionó con total seriedad durante varios siglos. Si el funcionario superaba esta prueba, lógicamente podía seguir su cursus honorum en la administración imperial. En caso de que fuera condenado, la condena podía ser de cárcel, pero, aunque no fuera más que una multa, quedaba marcado con una inhabilitación para todo tipo de cargos.

¿Qué sucedería si hoy día se impusiera este tipo de juicio a los políticos actuales? En aquel tiempo las normas se imponían desde otro nivel, y los políticos las asumían para el ejercicio de las funciones de la Administración. Hoy los políticos, para curarse en salud, han procurado introducir esferas de impunidad e irresponsabilidad por defectos, errores y aún delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Este «Juicio de residencia» tenía la ventaja de celebrarse in situ e inmediatamente de cesar en el cargo, lo cual daba facilidades a los testigos y afectados para presentar sus quejas. No había que apelar a un tribunal especial, se evitaban desplazamientos de los ciudadanos que se presentaban como acusadores.

A los Borbones, acostumbrados al despotismo francés, no les agrado este sistema de responsabilidades, y perdió interés con Carlos III que en su afán centralizador, fue trasladando a la corte estos juicios, con lo que perdió el sentido de ser unos juicios inmediatos en la residencia donde había ejercido el funcionario. Se olvidó con ello el interés en el lugar de los hechos, con lo que fueron decayendo, hasta llegar a desaparecer.

Los mecanismos de autocontrol del poder y de promoción por mérito se vinieron abajo antes que el poder mismo. Los «Juicios de residencia» subsistieron hasta que fueron derogados por las Cortes de Cádiz en 1812, y es significativo que fueran los liberales los que promovieron su eliminación de lo que había sido herramienta poderosa y eficaz de control, contra la corrupción y de los abusos del poder durante siglos.

A los liberales como sucede hoy, les gustó imponer sus leyes, y liberarse ellos de las responsabilidades. Norma tan bien acogida y adoptada por los actuales políticos

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