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Nacional 09-09-2025 15:00

Los indicios por los que el Supremo envía a juicio al fiscal general del Estado

El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Ángel Hurtado ha acordado abrir juicio oral contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, reclamándole una fianza de 150.000 euros, si bien rechaza suspenderle en el cargo, como había solicitado la acusación popular que ejerce la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF).

En un auto de 29 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, el instructor da el paso con el que sienta a García Ortiz en el banquillo de los acusados, siendo la primera vez que un fiscal general del Estado se enfrenta a juicio en el Tribunal Supremo.

LA FILTRACIÓN A LA PRENSA

El magistrado recoge en su auto una serie de hechos que, a nivel indiciario, considera que serían constitutivos del delito de revelación de secretos por haber facilitado a la Cadena SER el contenido confidencial del correo electrónico enviado el 2 de febrero de 2024 por el abogado de González Amador, Carlos Neira, a la Fiscalía ofreciéndose a pactar en el marco de la investigación en contra del empresario por presuntos delitos fiscales.

Hurtado sostiene que García Ortiz, "aprovechando" la información publicada por 'El Mundo' el 13 de marzo de 2024 --en la que se aseguraba que era la Fiscalía la que había ofrecido a la pareja de Ayuso un pacto-- y "con la finalidad de ganar el relato a esa información por parte de la Fiscalía sobre una cuestión de tan escasa relevancia como de quién había surgido la iniciativa para llegar a un acuerdo en un pacto de conformidad penal, entró en una dinámica de un frenético intercambio de comunicaciones entre distintos fiscales".

En concreto, hace referencia a las comunicaciones con la fiscal jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien contactó al fiscal encargado del caso de González Amador, Julián Salto, para que le remitiera la cadena de correos electrónicos con el abogado del novio de Ayuso de cara a la redacción y difusión de una nota de informativa para "desmentir" la información "que estaba circulando por las redes".

El instructor asegura que García Ortiz reclamó para sí los 'emails' --que fueron enviados a su correo particular-- para "acabar facilitándolo a un medio, como la Cadena SER, para que le diera publicidad".

Según Hurtado, el fiscal general era "consciente" de que "revelaría el confidencial contenido de ese correo de 2 de febrero de 2024, lo que así ocurrió mediante un avance a las 23.25 horas en el programa radiofónico Hora 25 de dicha emisora, que no fue sino un adelanto de su publicación a las 23.5 horas en la web de dicho medio".

Al hilo, el magistrado incide en que, "inmediatamente a continuación" de que se difundiera dicha información, García Ortiz se puso en marcha para confeccionar la nota informativa.

LA FILTRACIÓN A MONCLOA

Además, el instructor agrega que en paralelo desde la Fiscalía General, "y antes de que hubiera tenido difusión por otros medios el correo" en cuestión, "se envió de él a Pilar Sánchez Acera", entonces alto cargo de Moncloa.

De acuerdo a los hechos recogidos en el auto de apertura de juicio oral, Sánchez Acera hizo uso del correo y dio "instrucciones" a Juan Lobato, en ese momento portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid, para que "lo exhibiese en su intervención" en dicha Cámara contra Díaz Ayuso.

DEJA FUERA LA FRASE RELATIVA A LAS "INDICACIONES" DE PRESIDENCIA

No obstante, a diferencia del auto de procesamiento que dictó el pasado junio, esta vez Hurtado deja fuera del relato de hechos --por orden de la Sala de Apelación-- la frase en la que se decía que García Ortiz había actuado "a raíz de indicaciones recibidas de la Presidencia del Gobierno".

El instructor también excluye del relato de indicios "las referencias a la actuación presuntamente delictiva" de la fiscal jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, toda vez que la Sala de Apelación frenó su procesamiento y archivó la causa para ella.

EL BORRADO DE MENSAJES

Por su parte, el magistrado incluye entre los indicios el hecho de que García Ortiz haya "borrado" sus correos electrónicos y mensajes de WhatsApp y destaca "el obstáculo que ha supuesto para la investigación".

Hurtado recuerda que la Sala de Apelación, al confirmar el procesamiento del fiscal general, avaló el borrado como una conducta a tener en cuenta "en el caudal indiciario". "En este contexto, es de común experiencia que un borrado de datos se hace de elementos que puedan resultar desfavorables", señala que apuntaron los magistrados de dicha sala.

Al hilo, recalca también que la Sala de Apelación consideró "especialmente relevante" la "relación temporal existente entre la publicación de la información de 'El Mundo', la actividad del fiscal general para desmentirla (...) y la inmediata filtración a la prensa".

"INFORMACIÓN SENSIBLE"

Con todo, Hurtado insiste en que el citado 'email' contenía "información sensible relativa a aspectos y datos personales de un ciudadano, que habían sido aportados con vistas y a los efectos de un ulterior proceso penal, en el curso de unas conversaciones privadas entre su letrado y el fiscal encargado del caso, sujetos a los criterios de reserva y confidencialidad por parte de la Fiscalía, que han de presidir este tipo de conversaciones".

El magistrado expone que, dado ese "deber de discreción", "no es tolerable divulgación alguna a terceros sin autorización del interesado, cuya reputación bien pudiera verse perjudicada por esa revelación".

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