Declaran improcedente el despido del director deportivo de la Federación Cántabra de Fútbol
Una jueza de Santander ha declarado improcedente el despido del director deportivo de la Real Federación Cántabra del Fútbol, Ángel Martín González, y condena a la entidad a abonarle 14.677 euros en conceptos de dietas, kilometrajes y horas extra. Además, la RFCF deberá indemnizarle con 5.755 euros en el caso de no readmitirle y en las mismas condiciones de trabajo, extremo que la entidad no ha llevado a cabo, han informado fuentes judiciales a Europa Press.
La sentencia, de la titular de la Plaza número 6 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de la ciudad y a la que ha tenido acceso esta agencia, no es firme, y de hecho las dos partes han anunciado que van interponer recurso.
La magistrada ha estimado la petición, subsidiaria, del demandante de que se declarase improcedente su despido porque la RFCF no cumplió el trámite de audiencia al trabajador en el despido disciplinario llevado a cabo, tal y como estableció la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. "En el presente caso, no consta el traslado en forma de las concretas imputaciones que justificaron el despido del actor", reza el fallo.
Según la resolución, el despido fue comunicado al director deportivo en abril de 2025 por el presidente de la entidad, José Ángel Peláez, que invocó primero un despido objetivo por amortización y que fue justificado al día siguiente por "la comisión de infracciones de carácter muy grave" según el Estatuto de los Trabajadores.
En este sentido, se considera probado que se cambió la causa tras recibir un informe-denuncia de Peláez, pues este le había comunicado que se suprimiría la figura del director deportivo y que sus funciones pasarían a la Junta Directiva. Pero según la parte demandante, la RFCF anunció "apenas 55 días después del cese" el nombramiento de otro director deportivo de las selecciones masculinas.
Tras el cambio de criterio, en la carta remitida por correo electrónico y burofax Peláez motivó el despido de Martín en hechos que supuestamente tuvieron lugar durante su participación como director deportivo de las selecciones masculinas en el Campeonato Nacional celebrado días antes, cuando habría incurrido en conductas que "vulneran gravemente sus deberes contractuales".
Pero la jueza ha estimado parcialmente la demanda de Martín, interpuesta por el abogado Juan Manuel Ruiz Gutiérrez, contra la RFCF y ha declarado improcedente el despido disciplinario por no dar debido cumplimiento al trámite de audiencia al trabajador.
"El trámite de audiencia no puede entenderse cumplido con las conversaciones por WhatsApp mantenidas entre el actor y el presidente de la Federación, ni por la presentación del actor del informe sobre los hechos ocurridos en el Campeonato sub12 en Madrid", puesto que en todo caso, y como concluye la sentencia, "hubiera sido necesario el traslado de los concretos hechos imputados al mismo", extremo que "no se produjo".
Además, el fallo reconoce las consecuencias económicas, así como las cantidades pendientes por dietas y kilometraje y las horas extra de mayo de 2024 a abril de 2025, por lo que condena también a la RFCF a abonar al director deportivo 14.677 euros.
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