Torrelavega avanza en el la ordenanza de las viviendas públicas del Hogar del Transeúnte
El texto busca garantizar un recurso residencial digno, accesible y acompañado para personas mayores y adultos con movilidad reducida
El Ayuntamiento de Torrelavega avanza en la elaboración de la ordenanza municipal reguladora de los apartamentos disponibles en el Hogar del Transeúnte, un recurso municipal público dirigido a personas mayores y adultos con movilidad reducida que conservan autonomía suficiente para desarrollar una vida independiente, pero necesitan una alternativa residencial adecuada y acompañamiento social.
El concejal de Bienestar Social, Alberto Rubio, ha explicado que el documento pretende dotar a este recurso de un marco "claro, garantista y transparente", que regule tanto el acceso y la adjudicación de los apartamentos como las condiciones de ocupación, convivencia y seguimiento social.
Rubio ha señalado que el objetivo no es únicamente ofrecer un alojamiento, sino proporcionar una respuesta integral a personas que necesitan una vivienda adecuada y unos apoyos compatibles con el mantenimiento de su autonomía.
En este sentido, ha destacado que los apartamentos permitirán prevenir situaciones de soledad no deseada, exclusión residencial y pérdida innecesaria de autonomía.
VALORACIÓN INDIVIDUALIZADA
El borrador, que se encuentra pendiente de los correspondientes informes municipales y de su tramitación administrativa, plantea un sistema de acceso basado en la valoración individualizada de cada solicitud.
Entre los posibles requisitos se contempla estar empadronado y residir efectivamente en Torrelavega durante los dos años anteriores, salvo determinadas situaciones excepcionales; carecer de una vivienda adecuada o accesible; acreditar una necesidad de alojamiento y apoyo; y contar con autonomía suficiente para vivir en un apartamento con apoyos no continuados.
La propuesta plantea valorar el funcionamiento real de cada persona, sus necesidades sociales, los apoyos disponibles, las condiciones de seguridad y la posibilidad de aplicar ajustes razonables.
Asimismo, se prevé la creación de un baremo de prioridad de hasta 100 puntos, que tendrá en cuenta la necesidad de vivienda, la situación económica, la red de apoyos y convivencia, el grado de autonomía, la urgencia y vulnerabilidad, y la vinculación con el municipio.
Cada persona usuaria dispondrá de un Plan Individual de Acompañamiento, elaborado con su participación, en el que se recogerán sus objetivos, capacidades, necesidades, apoyos, compromisos y fechas de revisión.
El alojamiento podrá complementarse con servicios como trabajo social, ayuda a domicilio, teleasistencia, comida a domicilio, promoción de la autonomía o acompañamiento comunitario, de acuerdo con la regulación y disponibilidad de cada recurso.
La ordenanza también recogerá los derechos y obligaciones de los usuarios, las normas de convivencia, el régimen de visitas y ausencias, la posibilidad de contar con animales de compañía cuando resulte compatible con el inmueble y la convivencia, así como las condiciones relativas a reparaciones, mantenimiento y suministros.
Antes de la aprobación inicial, el Ayuntamiento deberá completar la verificación de distintos aspectos técnicos y jurídicos, entre ellos la titularidad, clasificación y adscripción del inmueble, la compatibilidad urbanística, el número y capacidad de los apartamentos, el título jurídico de ocupación, el canon o régimen económico, la disponibilidad presupuestaria y de personal, y la posible autorización o inscripción del recurso como servicio social.
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