Noticias de Cantabria
16-01-2012 12:10

Una sentencia para la reflexión.

No es fácil asimilar la sentencia en el juicio por la muerte de Marta del Castillo. Y si no es fácil para el común de los mortales, no quiero ni imaginar lo que han pasado y siguen pasando los padres de la muchacha.

   Y prácticamente el mismo día que se hacía pública la polémica sentencia, se volvía a rastrear una zona en busca del cuerpo de Marta porque el abuelo, que sigue su búsqueda sólo, había encontrado al parecer algún indicio que podría convertirse en pista.

   Aquí hay dos cosas que ponen el alma del revés: que ninguno de los que intervinieron de una u otra forma en la muerte de Marta haya confesado dónde llevaron su cadáver que a estas alturas sigue sin aparecer y una sentencia que condena al tal Carcaño, autor confeso de la muerte de la chica, a veinte años y deja libres a los demás acusados.

   No, no es fácil entender que todo haya quedado reducido a eso, cuando la fiscalía pedía 52 años de prisión para Carcaño por los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral, ocho años para su hermano, y cinco para Samuel y María. Todos, salvo el autor confeso, han quedado absueltos. En la sentencia se recuerda, como no podía ser menos, la mucha doctrina jurídica sobre la presunción de inocencia y que una sentencia condenatoria debe estar sustanciada con pruebas. Y eso es así y no permite otras interpretaciones aunque la sangre nos hierva en las entrañas. Si no hay pruebas evidentes, no puede haber condena porque frente al convencimiento moral no sólo de la sociedad sino del propio tribunal, prevalecen siempre las pruebas y en caso de duda, la obligación de beneficiar al acusado. Y estas garantías son la base del Estado de Derecho y renunciar a ellas es tanto como tirar por la borda la seguridad jurídica exigible en una democracia. Precisamente por esto resulta importantísimo en nuestro sistema dos actuaciones anteriores al juicio oral: las investigaciones policiales y la instrucción del caso. ¿Ha fallado alguna des estas dos cosas en el caso de Marta del Castillo? No estoy en condiciones de contestar a esa pregunta sino de dejarla ahí para que el legislador se planteé si es o no necesario cambiar algunas algo.

   El segundo tema dramático de este caso es -el primero al que me referí y que es el que obliga sin duda a esta sentencia- es la no aparición del cuerpo de Marta. La más de seis versiones de los hechos que han ido dando los imputados y posteriormente acusados -y la mayoría de las veces de forma contradictoria- han imposibilitado al Tribunal probar nada que fuera más allá de lo evidente y han dejado también en la opinión pública un muy amargo sabor de boca ante la imposibilidad de los investigadores de llegar a la verdad, de conseguir una confesión que devolviera a la familia el cuerpo de la muchacha y a la ciencia forense las pruebas del asesinato. Este macabro juego nos ha puesto a todos en el peligroso borde del deseo de saltarse la Ley y recurrir a "otros métodos" incompatibles también con el Estado de Derecho. Veremos la que da de si el más que posible recurso de la sentencia ante el Supremo, pero no esperemos milagros ni pidamos quebrantar de forma excepcional el imperio de la Ley. Este es el precio que hay que pagar en ocasiones a cambio de la seguridad de todos.

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