Noticias de Cantabria
Nacional 08-06-2021 14:15

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Ayuso y las Comunidades rebeldes con la ayuda de la Audiencia Nacional dan un fuerte varapalo a la ministra Darias favoreciendo a la hosteleria

La Audiencia Nacional ha aceptado las medidas cautelarísimas solicitadas por el Gobierno regional en el recurso presentado contra las medidas sanitarias aprobadas por el Ministerio de Sanidad, acordando su suspensión en el ámbito de la región, han informado fuentes del Gobierno regional.

   Así consta en un auto, , en el que se acuerda suspender, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid, la ejecutividad de las medidas contenidas en los apartados A), B) y C) del anexo de la Orden Comunicada objeto de recurso interpuesto por el Gobierno regional.

   De este modo, se concede el plazo de tres días a la Administración General del Estado demandada, "a fin de que pueda efectuar las alegaciones que estime oportunas".

   Los magistrados arguyen que si no se adoptara ahora la medida cautelarísima, y se esperase a la adopción de una medida tras la tramitación ordinaria de la pieza separada de medidas cautelares, "el escenario de incertidumbre se vería seriamente agravado y perjudicado si se admite un cambio en el nivel de restricciones".

   "Se generarían así tres niveles distintos de restricción en un lapso temporal breve, lo que no es fácilmente justificable para el ciudadano, destinatario último de la protección pública insita en la discusión que nos ocupa", recalca la Sala.

   En su recurso, el Ejecutivo madrileño argumenta que en la Comunidad de Madrid rige actualmente la Orden 572/2021, de 7 de mayo, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

   Subrayan "el perjuicio que se deriva como consecuencia de la invasión de competencias que ha supuesto la Orden de la Ministra" e inciden en que ostentan la competencia para la adopción de medidas especiales en materia de Salud Pública. A su parecer, es "evidente que esta competencia se viene utilizando, pues tras la finalización de la prórroga del estado de alarma se dictó la Orden 572/2021, de 7 de mayo, de la Consejería de Sanidad".

   Consideran que "sumir al ciudadano en un régimen de medidas voluble, impuesto sorpresivamente sin razón alguna, sustituyendo de un día para otro la regulación existente, es una afrenta clara a la seguridad jurídica".

  

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