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Cantabria 19-07-2019 12:45

Cantabria, tienen una tasa por los rescates que nunca se ha cobrado

Un total de siete comunidades autónomas, entre las que se encuentran Cataluña, Asturias, País Vasco, Navarra, Cantabria, Castilla y León y Canarias, cobrarán una tasa en aquellos rescates que se produzcan bajo determinadas circunstancias y en relación a los medios utilizados para el mismo, a pesar de que en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado estén obligados a actuar de forma gratuita en España, según revela el recuento realizado por DAS Seguros con motivo del reciente rescate de las tres espeólogas catalanas en Cantabria.

   La primera comunidad autónoma en incluir esta medida fue Cataluña, aprobando en 2005 la modificación de la Ley de Medidas Financieras, en la que se recoge la posibilidad de aplicar un coste a los rescates, especialmente en casos de imprudencias (falta de equipamiento u omisión de observar una alerta meteorológica) e incumplimientos (acceder a zonas de acceso prohibido), con unas tasas previamente fijadas, según ha informado DAS.

   Actualmente, la ley catalana establece en este sentido que se podrá aplicar una tasa a los rescates si éstos se realizan en zonas peligrosas o prohibidas, si los afectados llevan una equipación inadecuada, si se reciben avisos injustificados o en caso de autoprotección.

   En ese mismo año 2005, Navarra se sumó a Cataluña modificando la Ley Foral de 2001 de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos, a través de la Ley Foral de 2005 de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, por la cual se aplican costes a los rescates en caso de imprudencia o acciones temerarias de autoprotección.

   Asturias fue la tercera región en aplicar esta medida en 2009 a través de la modificación del Decreto Legislativo de 1998, por el que se aprobó el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, por la Ley del Principado de Asturias de Medidas Administrativas y Tributarias de Acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2010, así como por su reciente modificación en 2014 para establecer los Presupuestos Generales para 2015.

   Así, en el Principado de Asturias se aplica una tasa a los rescastes en caso de alerta meteorológica o alertas injustificadas, así como si el rescate debe realizarse en zonas peligrosas o prohibidas, si los afectados llevan una equipación inadecuada o se encuentran realizando una actividad de riesgo.

   País Vasco y Cantabria se sumaron en 2011, a través de la Ley de 2011 de modificación de la ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Ley de Medidas Administrativas y Fiscales de 2011, respectivamente.

   En este sentido, País Vasco añade tasas a los rescates si éstos deben realizarse en zonas prohibidas o peligrosas, en caso de alerta meteorológica roja o naranja, avisos injustidicados o actividades de riesgo; mientras que en Cantabria se añaden en los casos fortuitos y las causas de fuerza mayor o cuando se realice un rescate por una negligencia imputable de los afectados.

   Castilla y León, en 2012, fue la siguiente comunidad autónoma en impulsar los costes en los rescates modificando la Ley de 2001 de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León mediante la Ley de 2012 de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

   Así, los afectados deberán abonar una tasa por rescate en la región castellano y leonesa en caso de producirse en zonas peligrosas o prohibidas, alerta metereológica y avisos injustificados, así como cuando los afectados lleven equipación inadecuada.

   Por su parte, Canarias se sumó a la implementación de las medidas también en 2012, estableciendo la Resolución de 12 de julio de 2012, por la que se da publicidad al Texto actualizado del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la comunidad Autónoma de Canarias.

   Los afectados que soliciten un rescate en Canarias abonarán un coste en caso de que éste se lleve a cabo en una zona peligrosa o prohibida, si dan un aviso injustificado, si llevan equipación inadecuada o si se encuentran realizando actividades de riesgo.

  

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