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Tribunales 19-10-2024 11:15

Una jueza de Santander fija una pensión compensatoria indefinida de 2.500 euros tras un divorcio

La cuantía se establece por la "incuestionable situación de desequilibrio económico" a raíz de la ruptura matrimonial y a la carencia de ella de medios propios para satisfacer sus necesidades

SANTANDER, 19 (EUROPA PRESS)

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Santander ha fijado una pensión compensatoria con carácter indefinido y por importe de 2.500 euros en un proceso de divorcio, a cargo del marido y en favor de la mujer, que había solicitado 5.000 euros, el doble de la cuantía concedida, frente a los 1.000 propuestos por él. El montante se ha establecido en base a la "incuestionable situación de desequilibrio económico" a raíz de la ruptura matrimonial y a la carencia de ella de medios propios para satisfacer sus necesidades.

En una sentencia, consultada por Europa Press, la jueza estima parcialmente la demanda, decreta la disolución del vínculo conyugal y aprueba las medidas que regirán las relaciones de los progenitores, padres de dos hijos menores, de 14 y 16 años.

Entre ellas, el ejercicio conjunto de la patria potestad de los pequeños y la guarda y custodia por ambos, en periodos alternativos de 15 días -salvo en vacaciones de Navidad y Semana Santa- y en el domicilio familiar, al que deberán desplazarse el padre y la madre, que tendrán que hacerse cargo de los gastos ordinarios de alimentación y ropa durante el periodo de convivencia.

Además, en el fallo se fija, con cargo al progenitor, una pensión de alimentos en favor de los hijos de 1.000 euros al mes, debido a la ausencia de recursos económicos maternos y a los "elevados" paternos, que también deberá sufragar los gastos escolares y sanitarios y los consumos de la vivienda, incluidos telefonía e internet.

Y establece la jueza una pensión compensatoria a cargo del hombre y en favor de la mujer --de 52 años, diplomada en óptica y alejada del mercado laboral desde que se casó, dos décadas antes-- de 2.500 euros, sin sumisión a límite temporal, según consta en la resolución judicial dictada recientemente.

"Acreditado el desequilibrio económico en relación a la posición de su consorte y el evidente empeoramiento que el divorcio ha de procurar a la esposa en relación a la situación que disfrutaba constante el matrimonio se estima, ponderado el caudal y los medios económicos de uno y otro, fijar una compensación en favor de la esposa de 2.500 euros mensuales", razona la jueza, que no ha fijado un límite temporal al considerar que establecer un tiempo medio de superación de la actual situación de desequilibrio sería "un ejercicio de adivinación impropio".

20 AÑOS DE MATRIMONIO

La demanda de divorcio fue interpuesta en abril de 2023 por el marido, tras casi 20 años de matrimonio -se casaron en junio de 2004- y en julio se personó la mujer en el procedimiento, interesando una pensión compensatoria de 5.000 euros y que se le atribuyera el uso de un vehículo -modelo Opel Zafira-, extremo este último que recayó sobre el varón. Tras la boda, la mujer abandonó el mundo laboral -había estado ocho años y medio en situación de alta- para dedicarse al cuidado de la familia y de los hijos.

Los recursos económicos de la unidad familiar -sujeta al régimen de separación de bienes- y una vez agotado el paro de ella procedían del esposo, administrador único y titular de más del 64 por ciento del capital social de una mercantil, sociedad familiar (junto a su progenitor) patrimonial y de gestión, con un activo superior a los 17 millones de euros.

En 2021 tuvo un resultado de cuentas y ganancias de casi 423.600 euros y era titular de importantes fondos en el extranjero. Por el ejercicio de su actividad laboral y rendimientos del capital mobiliarios declaró ingresos netos en ese ejercicio fiscal de más de 157.000 euros, y superiores a 122.600 en el de 2022.

Debido a la "tórpida" evolución de la pareja, que inició la ruptura en 2020, y al intento de divorcio consensuado en el que se le privó de derechos económicos o sobre los hijos, la mujer protagonizó varios intentos autolíticos en diciembre de ese año, ingresando en urgencias en septiembre de 2023, por deshidratación y fracaso renal agudo tras una huelga de hambre en la que se encerró en el trastero familiar. Le diagnosticaron problemas de relación familiares y trastorno de la personalidad.

Ese mes abandonó el domicilio familiar, propiedad del esposo, y se instaló en una habitación próxima en régimen de alquiler. Cuando acabó ese contrato, regresó a la vivienda que compartía con marido e hijos.

Ambos progenitores interesaron la guarda de los hijos menores en exclusividad, debido a la inestabilidad emocional materna, pero a la hora de determinar que sea compartida la jueza escuchó a los menores, que preferían estar con ambos y no tenían preferencia por ninguno, y valoró así el interés superior de los mismos, y al acreditarse que la inestabilidad emocional de ella obedecía al proceso de ruptura.

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