El jurado declara a los dos acusados de la agresión mortal de Boo culpables de homicidio doloso
La fiscal ratifica su petición de trece años de cárcel, a la que se adhiere la familia de la víctima, y las defensas interesan diez

SANTANDER, 4 (EUROPA PRESS)
El jurado del juicio a los dos jóvenes acusados de la muerte de otro tras una pelea y caída a las vías en el apeadero de tren de Boo de Piélagos, en febrero del año pasado, han declarado esta noche a ambos culpables de un delito de homicidio doloso y por unanimidad.
Los nueve jueces legos han considerado probado que Rubén G.A. y Ángel R.C. tenían "intención de acabar con la vida" de Carlos C., de 21 años y vecino de Polanco, o se les representó la "alta probabilidad" de que falleciese a causa de sus actos, ya que tras propinarle patadas y puñetazos continuaron golpeándole hasta que acabó sobre los raíles, donde al impactar contra elementos metálicos sufrió una conmoción medular que le causó un fallo respiratorio.
Es la principal conclusión del objeto del veredicto, leído por el tribunal a las once de la noche, tras cerca de doce horas de deliberación y después de cuatro sesiones de vista oral, celebradas en el salón de actos del complejo judicial de Las Salesas, en Santander.
Tras la lectura del mismo, la fiscal del caso se ha ratificado en su petición de condena, de trece años de cárcel para cada uno de los procesados -que están en prisión provisional desde los hechos-, y a la que se ha adherido la acusación particular, ejercida por familiares del fallecido, contemplando ambas partes la agravante de superioridad y la atenuante de reparación del daño, según lo acreditado.
Mientras, las defensas, que pedían la libre absolución de los dos chicos al entender que lo ocurrido fue un accidente y constitutivo en todo caso de un delito de lesiones, han interesado la pena mínima por homicidio -diez años de encarcelamiento- aunque han expresado su "absoluta" discrepancia con el veredicto, avanzando que recurrirán la sentencia que dicte el magistrado, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria.
Los jurados, que han contestado por unanimidad a las 42 cuestiones planteadas salvo a una -relacionada con la influencia de la ingesta de alcohol y el trastorno de TDAH que padece uno de los enjuiciados sobre sus capacidades cuando se produjo la agresión- se han basado en las declaraciones de ambos y de los testigos presenciales, así como en los informes forenses y otras pruebas practicadas -recogida y análisis de distintas muestras en el lugar- para justificar sus conclusiones.
DISCUSIÓN EN EL TREN, PELEA Y CAÍDA AL ANDÉN Y A LA VIA
Han coincidido en que Rubén y Ángel, que tenían 19 y 20 años y vivían en Boo, cogieron a las 6.35 horas del 3 de febrero de 2024 el tren en Santander para regresar a su casa tras haber pasado la noche de fiesta y que iban en el último de los vagones. En el convoy también viajaba Carlos, cocinero de profesión y que igualmente volvía a su domicilio después de la salida nocturna por la ciudad, siendo la de Requejada la parada más próxima al mismo.
Los tres coincidieron en el mismo vagón minutos antes de llegar el tren a la estación de Piélagos, sobre las 6.45 horas, cuando se inició una discusión verbal entre ellos, de modo que se bajaron los tres en el apeadero para continuar la disputa, empleando los dos encausados "la fuerza física" con el joven que luego murió, han convenido todos los jurados.
"La agresión física se produjo en el andén de la estación con el peligro que ello entrañaba al poder caer alguno a la vía", han acordado, así como que los dos implicados propinaron patadas y puñetazos "con el propósito común de menoscabar la integridad física" de Carlos, que estaba en estado de embriaguez y que a consecuencia de esos golpes cayó primero al suelo del andén y después a las vías, "desde una altura aproximada de un metro y a casi un metro del borde del andén".
Esta última caída, que le provocó la muerte "casi inmediata", fue "causada por empujones, patadas o golpes propinados" por los dos acusados, han determinado por unanimidad los miembros del tribunal, que han basado este razonamiento en los testimonios de los testigos -un viajero del tren amigo de uno de los implicados y que también conocía a la víctima- y dos pasajeras que se apearon en Boo, así como la llamada del 112 a una de ellas, después de que alertara de lo ocurrido. Asimismo, han tenido en cuenta la autopsia y otros informes periciales.
NO PUDO PROTEGERSE
Además, los nueve jurados han entendido acreditado que momentos antes de la caída el joven de Polanco tenía su "movilidad reducida", al quedar la sudadera y camiseta que vestía subidas durante la pelea, con lo que ambas prendas le tapaban la cabeza y trababan sus brazos. De este modo, sus escápulas impactaron con uno de los raíles "sin poder protegerse" ni "amortiguar" el golpe, quedó tenido inerte sobre la vía y murió instantes después, sobre las siete de la mañana. En este punto, no han considerado probado que en el fallecimiento contribuyera como "concausa" de la depresión respiratoria el estado de embriaguez en que se encontraba.
Y frente a ello, Ángel y Rubén no sufrieron lesión alguna, salvo "ligeras escoriaciones", abandonando ambos tras la caída el lugar de los hechos, "sin comprobar el estado físico" de la víctima, y a pesar de que los dos conocían -o estaban en disposición de conocer- que podía haber sufrido lesiones graves y que necesitaba una asistencia urgente, tal y como han considerado por unanimidad todos los integrantes del tribunal, para quienes podían haber auxiliado al herido "sin riesgo o de sufrir ningún tipo de lesión o perjuicio en su persona".
Además, uno de ellos -Rubén-, después de los hechos y antes de irse a dormir, comentó lo sucedido con amigos a quienes pidió borrar los mensajes y conversaciones mantenidas al respecto para "evitar ser inculpado", como se desprende del volcado del contenido de su teléfono móvil y de los chats e imágenes que pudo recuperar la Guardia Civil.
AGRAVANTE DE SUPERIORIDAD Y ATENUANTE DE REPARACIÓN DEL DAÑO
Los nueve jurados han afirmado que Rubén y Ángel agredieron y no socorrieron a Carlos, huérfano de padre, que convivía con su madre y la pareja de ésta, y tenía dos hermanos, una menor de edad.
Además, todos han constatado que durante la pelea los dos primeros se aprovecharon de su superioridad numérica y física -agravante de superioridad- y, también, que ambos han indemnizado a su familia con 25.000 euros -a razón de 10.000 y 15.000 cada uno, lo que implica la atenuante de reparación del daño-.
No por unanimidad pero sí por amplia mayoría -de ocho votos frente a uno- los jueces legos no han entendido en cambio probado que Rubén cometiera los hechos descritos "sabiendo lo que hacía" aunque teniendo "ligeramente limitadas su conciencia y voluntad" por el consumo de alcohol -en el interrogatorio aseguró que esa noche había bebido varias copas- y por el trastorno de hiperactividad y déficit de atención que padece y por el que está medicado.
SIN BENEFICIOS NI INDULTOS
Así las cosas, tras concluir que ambos son culpables de haber ocasionado la muerte de Carlos y las lesiones que presentaba el cuerpo, los jurados han convenido que no debería concederse a ninguno de los dos los beneficios de la suspensión de la ejecución de las penas de cárcel que imponga el juez en la sentencia, así como tampoco que se proponga al Gobierno de la Nación el indulto total o parcial de las mismas.
Tras la deliberación y veredicto del jurado, el magistrado presidente del tribunal dictará la sentencia.
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