El juez reconoce como accidente laboral el infarto que sufrió un camionero cuando pernoctaba en Francia
El Juzgado de lo Social número Dos de Santander ha estimado la demanda de un camionero cántabro y ha reconocido como accidente laboral el infarto que sufrió cuando pernoctaba en la cabina del vehículo realizando un servicio en Francia.
El camionero impugnó la resolución solicitando que la contingencia se considerara accidente de trabajo \'in misión\' y fuera de España, al estar desplazado en Francia, durmiendo en el camión en una estación de servicio de Poitiers, y por tanto siendo responsable de la carga, cuando le sobrevino la sintomatología.
Frente a ello, las entidades gestoras y la mutua codemandada consideraron que el infarto no había ocurrido "en tiempo y lugar de trabajo", sino cuando el trabajador estaba en su tiempo de descanso, por lo que se trataría de una enfermedad común.
Sin embargo, el juez rechaza este argumento y da la razón al demandante, determinando el carácter de contingencia profesional al entender que firma parte de las funciones del puesto de trabajo la vigilancia del vehículo y la protección y responsabilidad de la carga.
El Sindicato Cántabro Asalariados del Transporte (SCAT), que ha dado a conocer la sentencia, ha destacado que la misma es "pionera", ya que se aparta de otras resoluciones dictadas en la materia, y de "especial trascendencia" para el sector del transporte de mercancías por carretera.
Además, supone un "importante revés", según dice, "a la prácticarecurrente de las mutuas de eludir responsabilidades en este tipo desupuestos, negándose a prestar asistencia y obligando a los trabajadores a acudir a la sanidad pública para tramitar su baja comocontingencia común".
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