El TJUE avala las plataformas que permiten a farmacias vender `online` medicamentos sin receta
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido este jueves que las autoridades nacionales no pueden prohibir la venta `online` de medicamentos sin receta a través de plataformas que ponen en contacto a farmacéuticas y clientes pese a no tener condición de farmacéutico porque su función de intermediario es "distinta" al servicio de venta.
En su sentencia, el alto tribunal europeo razona que el servicio de puesta en contacto de farmacéuticos y potenciales clientes para la venta de medicamentos debe ser entendido como "servicio de la sociedad de la información" por lo que se aplican las reglas de la Unión Europea en esta materia.
Por ello, añade, el Estado miembro podrá prohibir la venta de medicamentos sin prescripción médica a un prestador de servicios que no tenga la condición de farmacéutico, pero no podrá prohibir la actividad de quién "se limite a poner en contacto" vendedores y clientes mediante una prestación propia "y distinta del servicio de venta".
Aunque los Estados miembro son los únicos competentes para definir qué personas están autorizadas o facultadas para vender a distancia medicamentos sin receta, el TJUE advierte de que también son responsables de "velar por que los medicamentos se ofrezcan al público a través de la venta a distancia" mediante plataformas `online`.
El pronunciamiento del Tribunal con sede en Luxemburgo responde a una cuestión prejudicial del Tribunal de Apelación de París (Francia) por el caso de una sociedad llamada Doctipharma que gestiona una web para la compra de productos farmacéuticos y medicamentos sin receta desde los sitios de Internet de oficinas de farmacia.
La agrupación de farmacias Union des groupements de pharmaciens d`officine (UDGPO) impugnó la legalidad de esta actividad al considerar que Doctipharma supone su participación el comercio electrónico de medicamentos, algo que la legislación francesa prohíbe a quienes no son farmacéuticos.
El juzgado de París pide al TJUE que aclare si la actividad de Doctipharma está cubierta por la legislación comunitaria para la sociedad de la información y, por tanto, si las autoridades nacionales podrían prohibir su intermediación como plataforma entre farmacias y clientes.
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