Noticias de Cantabria
10-12-2013 17:21

Día Internacional de los Derechos de los Animales

La Declaración Universal de los Derechos de los Animales es igual de vinculante que la Declaración Universal de los Derechos Humanos; es decir, una declaración de buenas intenciones que pretende rendir ética y moral en la población mundial. A lo largo de los años hemos visto como estas cartas de buenas intenciones que promulgan el respeto y el amor fraternal no han servido para frenar la maldad de algunos seres humanos.

Desgraciadamente, los animales no tienen voz y no pueden denunciar los abusos a los que son sometidos, sino que otros humanos tienen que velar por su bienestar. Aquí hace falta poner de relieve la importantísima labor de organizaciones animalistas, ONG y otras instituciones o personas anónimas que luchan cada día por un mundo para todos.

La arrogancia del ser humano y su egoísmo infinito hace que no mire por el bien global y no le importe acabar con todo lo que le rodea. Hay multitud de ejemplos como es la caza furtiva, la destrucción de ecosistemas para su explotación, la tergiversación de leyes naturales para el beneficio económico, etc. No hace falta irse muy lejos, no es necesario mirar a otros países, porque aquí, en España, nuestros animales no están amparados por un Código Penal que garantice su seguridad y no castiga con la rotundidad que se merece a los maltratadores o delincuentes naturales.

Hoy es un día de reflexión, en el que merece la pena abrir una brecha de pensamiento entre tanto dolor. Un día para coger datos y ver que somos el país europeo que más animales abandona. Un día para revisar los casos de maltrato animal y sus sentencias para comprobar que no se hace justicia. Un día para visitar una protectora y hablar con sus voluntarios, muchas veces olvidados por la administración y la ciudadanía.

Y es que… Los animales no votan, los animales no van de tiendas, no se van de vacaciones, no compran bienes o servicios. Ellos son una propiedad, que en muchas ocasiones hemos visto que merece la pena explotar para que el humano gane mucho dinero.

Lo dicho, tenemos un día para valorar de dónde venimos y adónde nos estamos yendo.
_____________________________________________________________________

Un 15 de octubre de 1978 se proclamó esta Declaración por la Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas físicas que se asocian a ellas. Aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU)


Preámbulo
 
Considerando que todo animal posee derechos,

Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales, 

Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo,

Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo,

Considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos,

Considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales,

Se proclama lo siguiente:
 
Artículo 1.
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2.
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3.
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4.
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo 5.
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.

Artículo 6.
a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo 7.
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo 8.
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo 9.
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo 10.
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo 11.
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 12.
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo 13.
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo 14.
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

¿Quieres envíar un comentario?

Comentarios(4):

MDF - 29-12-2013

Felicidades por esta referencia a los animales, que el ser humano escribe para lavar su conciencia, pero en la practica apenas respeta por parte de una mayoria sobretodo en nuestro pais.

alto en el camino - 10-12-2013

Pues si haber si esta fecha sirve para algo o es como tantos otros derechos que se hacen dia internacional y no vale mas que para señalar una fecha en el calendario,como el dia de la explotación infantil etc etc.

Perro - 10-12-2013

Iñigo hay que permitir el acceso a los autobuses de los animales

Waldo - 10-12-2013

El lenguaje es el medio por el cual nos expresamos,las letras que utilizamos para escribir, nunca podrá reflejar una cuestión existencial. A diferencia del resto de los animales, los seres humanos tenemos la capacidad de preguntarnos: Somos crueles, sí. Los humanos somos crueles. En ninguna especie he percibido tal crueldad como en nosotros, los humanos. Y creo que eso es posible porque somos conscientes sobre la crueldad.