Noticias de Cantabria
Opinión 15-06-2021 13:44

El delito de prevaricación y los indultos de Sánchez.  Por Carlos Magdalena

Con carácter previo hay que indicar que aún cuando el presidente del Gobierno, Sánchez, para la concesión del indulto tiene el amparo de la ley de 1870, su potestad no es ilimitada porque siempre tiene el límite de la ley. Y la ley se ha decantado por medio del Tribunal Supremo que ha dicho que no proceden los indultos,......

 

Con carácter previo hay que indicar que aún cuando el presidente del Gobierno, Sánchez, para la concesión del indulto tiene el amparo de la ley de 1870, su potestad no es ilimitada porque siempre tiene el límite de la ley. Y la ley se ha decantado por medio del Tribunal Supremo que ha dicho que no proceden los indultos, que  no existe "la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento" en los condenados.

Y el TS no se deja prenda en su Auto Jurídico pletórico de rigor jurídico y de sentido común que puede “unirse en cuerda floja” con la doctrina y amplia jurisprudencia que existe sobre el delito de prevaricación. Y añaden los magistrados taxativamente que lo que pretende Sánchez es una “solución inaceptable” y que no tiene justificación. Luego si finalmente Sánchez tira por la calle de en medio ¿pudiera cometer un delito de prevaricación?, y si se recurre la concesión de los indultos se producirá por parte del Tribunal una sentencia acudiendo a “la doctrina de los actos propios” que dirá que Sánchez y su Consejo de Ministros han cometido una ilegalidad y fueron advertidos por lo que no cabe ni ignorancia ni excusa alguna.No podemos olvidar que desde el mes de febrero Sanchez ha recibido 12 reveses judiciales, demasiados en un país democrático y europeo

 

¿Pueden ser condenados Sánchez y su CM por prevaricación? Lo mejor es no probar esa posibilidad y que Sánchez se eche atrás de su pretensión, aunque los independentistas le quiten los trece votos que le mantienen en la Moncloa y tenga que convocar elecciones.

 

 

Pero es que hay más, el Alto Tribunal destaca que los condenados no han contribuido a justificar las razones de justicia, equidad o utilidad pública que legitimarían el ejercicio del derecho de gracia y que no pueden hacer constar en su informe "la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento" El Tribunal Supremo se opone rotundamente a conceder cualquier forma de indulto, incluso el parcial, a los 12 condenados en el juicio del procés. Muy al contrario, los magistrados consideran que la medida de gracia sería una "solución inaceptable", ya que no se da en este caso ninguna de las tres razones que prevé la ley -justicia, equidad y utilidad pública-, para la concesión de un indulto.

El tribunal resalta que no se ha vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas que se impusieron por sedición, malversación y desobediencia. Tampoco ve indicio alguno de arrepentimiento que abra la puerta a la medida de gracia: "Esta Sala no puede hacer constar en su informe la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento".


Lo que puede ocurrir si finalmente Sánchez  concede los indultos es la comisión, además de un seudo golpe de Estado contra el sistema de Derecho de España y contra la Constitución, una vulneración flagrante de la división de poderes en un país democrático como es España.  
De los poderes legislativo, judicial y ejecutivo (Montesquieu)

 

Pero si vamos a la hemeroteca verdadero viacrucis que muestra los pecados de los políticos, el 29 de agosto de 2014,  Sánchez propuso  eliminar los indultos y ahora, siete años después, siendo presidente  gracias al independentismo  y sus votos, no lo olvidemos, se desdice de lo que decía aunque no son  nuevas las rectificaciones de Sánchez para mantenerse con la poltrona de la Moncloa: «El Gobierno ha utilizado el indulto más de lo debido y los indultos políticos deben acabar en nuestro país». Finalizamos para que nuestros lectores puedan tener mejor comprensión de lo que decimos con el texto íntegro del delito de prevaricación:

 

*“La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público”.

 

 

*La ley del indulto es muy antigua. Data de finales del siglo XIX, en concreto de 1870. Fue desarrollada por el Ministerio de Gracia y Justicia, por aquel entonces presidido por Eugenio Montero Ríos, y consta de tres capítulos con un total de 32 artículos.

 

 

 

 
 

¿Quieres envíar un comentario?

Comentarios(4):

Pepote - 16-06-2021

Los indultos serán la tumba del sanchismo

Ciudadano - 15-06-2021

El todo vale en este país de los políticos tiene que acabar

PAD - 15-06-2021

Sánchez y sus ministros han entrado en un bucle, que cada día les acerca más a los regímenes dictatoriales, en los cuales se pisotean las leyes, las normas y a los propios ciudadanos... Y es lo que ayer le ha mostrado claramente con su desprecio "democrático" Joe Biden en aquellos 29 segundos de gloria sanchista...

Abogado - 14-06-2021

El verdadero problema es que estos políticos de pacotilla son unos enredadores, torpes e ineptos y acuden constantemente en su ignorancia a los Tribunales y cuando estos no dicen lo que ellos esperan es cuando se monta la marimorena como es el caso que nos ocupa