Noticias de Cantabria
06-06-2011 21:02

El consejero Agudo sigue endeudando a Cantabria en 200 millones de euros “más”

El artículo 19 del Estatuto de Autonomía de Cantabria dice que el gobierno cesa tras la celebración de elecciones y continuará en sus funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.¿Cuáles son las funciones del gobierno cesante?.Las ordinarias para qué no queden paralizadas las funciones de la administración hasta la formación del nuevo ejecutivo. ¿El endeudar o pedir un préstamo a devolver a ocho años es una función ordinaria?.No. .....

 Este último recado que deja el consejero Agudo a la nueva consejera nominada in pectore Cristina Mazas,va a tener desarrollo ya que no se puede alegar gestión ordinaria, ni aun estando en la gestión de la gobernanza  de su programa, cuando  las urnas, pilar de  la soberanía de los ciudadanos, ha dicho  no a estos gestores y en particular a este consejero clarividente, como a su programa.


 En efecto, el endeudarse en 200 millones hay que contemplarlo  desde una óptica y consideración política, y los ciudadanos han inhabilitado en las urnas el desarrollo de su programa de gobierno. También podríamos ir  a los usos y costumbres y no es que sea una costumbre el endeudarse en 200 millones por un Gobierno saliente ni menos que   ese endeudamiento sea para dos legislaturas.


 Cierto que  es más difícil  acotar las funciones del gobierno saliente a  nivel estatal pero en el ámbito de nuestra Autonomía creemos  que resulta más sencillo y su delimitación correspondería   al despacho ordinario de los asuntos públicos y sólo puede ir más allá en  los supuestos de urgencia o de interés general como dice literal del artículo 21 de la Ley de Gobierno 50/1997; y en el caso que nos ocupa la medida adoptada y el largo plazo de endeudamiento no reúne ninguno de los requisitos y si otros fines que necesariamente el consejero Agudo tiene que explicar.


 La normativa del vigente Estatuto es clara y no deja lugar a dudas y lo que no dice la ley no hay que inventar. El artículo 101 de la Constitución Española dice que el gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales y dice más adelante que el gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo gobierno.


El consejero Agudo,  el Gobierno de Cantabria en funciones, ha adoptado una decisión que entendemos es superior a una gestión ordinaria de administración de los asuntos públicos. El suscribir, firmar un crédito de 200 millones de euros para devolver en ocho años es decir, en dos legislaturas es a todas luces improcedente y más cuando se acaban de celebrar elecciones y el firmante del crédito y el gobierno cesante no repite.


 La situación no sabemos si es grave o todavía más, ilegal, y es que además, el artículo 21  dice: “El gobierno en funciones facilitará el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo gobierno y más adelante dice….. absteniéndose de adoptar salvo casos de urgencia debidamente acreditados cualesquiera otras medidas.


El acudir a un endeudamiento de 200 millones se nos antoja  excepcional y no de una simple gestión ordinaria de la “res pública”. No caben justificaciones ni  decir que ya lo tenían previsto en esta legislatura porque lo que no se puede es, con aires exclusivamente partidistas, de orientación política  de un partido, dar una orientación económica a determinadas cuestiones que no se han salvado con anterioridad.


No tenemos muy claro si ese dinero es para Tesorería, que tampoco,o quizá debería haberse pedido en esa cantidad , en más o menos, o ese dinero es para finalizar determinadas líneas políticas iniciadas por el actual gobierno en funciones y que han finalizado repentinamente como consecuencia de que las urnas han dado la espalda a esa forma de hacer política.


Quizá, y así lo apuntamos, es que quiere cerrar operaciones que quedarían abiertas cuando el nuevo gobierno tome posesión. ¿Quiere cuadrar los números? ¿Quieren endeudar más  Cantabria?. Creemos que de este endeudamiento se va hablar mucho por la forma y el fondo porque lo primero que se ha de explicar, y no mediante una mera nota informativa,  cuál es la verdadera naturaleza de ese endeudamiento cuando el gobierno está cesado incluido el consejero de economía.


 Y él lo sabe y tiene los asesores legales correspondientes y puede hacer uso de los mismos. Habrá que ver los aspectos de legalidad de la operación suscrita.  Existe un ordenamiento Juridico al que hay que respetar aunque este consejero no es que sea un adalid, un seguidor de la legalidad en puridad y ortodoxia jurídica .Hay que estar a la que establece el vigente Estatuto de Autonomía y en lo no previsto en  lo que dispongan  las leyes ordinarias correlativas. Constitución Española y la Ley de Gobierno 50/1997

 

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Comentarios(1):

trasmerano - 07-06-2011

Los 122 millones de deuda del Ayuntamiento de Santander es una gestión austera. Esa si es.