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Tribunales 07-03-2025 11:45

Un juez perdona 98.000 euros a una autónoma endeudada al indemnizar a un empleado y por el Covid

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Santander ha exonerado del pago de una deuda de más de 98.000 euros a una autónoma del sector del transporte de la ciudad, que primero tuvo que indemnizar a un trabajador y después se vio afectada por la pandemia del coronavirus.

La sentencia, consultada por Europa Press, aplica la Ley de Segunda Oportunidad y desestima la oposición de la empresa demandante -del ámbito de la automoción y que financió la adquisición de un vehículo- a la condonación del pasivo insatisfecho a la implicada, que había solicitado concurso de acreedores sin masa.

En 2025 inició su actividad por cuenta propia en el ámbito del transporte. El negocio se vio afectado desde el punto de vista financiero cuando uno de los empleados denunció a la empresa y, tras un largo litigio, tuvo que indemnizarle en más de 50.000 euros.

Tras este desembolso, la situación empresarial empeoró por el Covid-19, pues supuso una disminución de la demanda del servicio que prestaba y la correspondiente caída de ingresos, no así de los gastos.

En esta coyuntura, la empresa trató de mantener las operaciones y el personal y a finales de 2020 contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que si bien al principio sopesó una refinanciación se decantó finalmente por tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad.

Así, se presentó preconcurso de acreedores para paralizar cualquier intento de ejecución sobre bienes o nómina y suspender también toda obligación de pago.

Con la demanda, quedó acredita que esta autónoma era 'deudora de buena fe', condición necesaria para aplicar la citada norma, así como la insolvencia, el no haber sido exonerado en los últimos cinco años y carecer de antecedentes penales socioeconómicos.

Al cumplir estos requisitos, el magistrado de lo Mercantil número 2 de Santander dictó a comienzos de este año la resolución por la que se le concede la exoneración del pasivo insatisfecho (condonación de la deuda) por importe de 98.352 euros y se le mantiene la propiedad del vehículo adquirido para la empresa de transportes.

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