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Tribunales 16-04-2023 12:30

El TSJC rechaza rebajar la pena de 15 años de prisión a dos condenados por violación

Mantiene la pena máxima aplicable por este delito, tanto con la anterior ley como con la reforma del `solo sí es sí`

SANTANDER, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado rebajar la pena de 15 años de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a dos condenados por violación en 2014.

Así lo acuerda el TSJC en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que desestima la revisión de penas solicitada por las defensas a raíz de la ley del 'solo sí es sí'.

La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal cántabro explica en su resolución que el máximo de la pena privativa de libertad a imponer es el mismo en la anterior y en la nueva legislación: 15 años, el tiempo que el Supremo estableció en su sentencia, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos y el criterio de proporcionalidad de la respuesta punitiva, criterio "inmodificable" al ser ya firme el fallo.

"El nuevo marco penológico no es más favorable a los condenados. Los criterios de valoración establecidos por el Tribunal Supremo en su sentencia determinan en concreto la imposición del máximo de pena privativa de libertad del marco penal abstracto, máximo que es de 15 años tanto si se acude a la legislación aplicable en el momento del enjuiciamiento como en la vigente actualidad", señalan los magistrados del TSJC, para indicar que si bien el mínimo del marco penalógico se ha reducido con la reforma legal (de 12 a 7 años), "en nada afecta" a estos dos procesados por violación, a los que se impuso el máximo de 15 años que permanece "inalterable" con la ley del 'solo sí es sí'.

Por ello, el TSJC desestima los recursos de las defensas y confirma la sentencia del Tribunal Supremo, como hizo el pasado febrero la Audiencia Provincial de Cantabria.

Entonces, la Sección Primera de la Audiencia ya decidió mantener la pena máxima por el mismo argumento: porque tanto con la nueva ley como con la anterior es de 15 años.

Como expusieron los magistrados, las penas que podían aplicarse a los condenados por los hechos que cometieron oscilaban según la anterior redacción del Código Penal entre los 13 años y 6 meses y los 15 años de cárcel, y conforme a la norma actual van de los 11 años y un día a los 15 años.

Así, "por coherencia y seguridad jurídica" optaron por mantener la pena máxima, como ha hecho ahora el TSJC en una resolución que no es firme, ya que cabe interponer recurso de casación ante el Supremo, extremo que una de las defensas no va a llevar a cabo, según ha avanzado a esta agencia.

Su patrocinado y el otro implicado fueron condenados primero en 2013 por la Audiencia Provincial a 13 años de cárcel, y posteriormente, tras presentar sendos recursos y llegar al Tribunal Supremo, éste elevó sus penas a 15 años.

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