El TSJC confirma como improcedentes ocho despidos en el Servicio Cántabro de Empleo (Emcan)
Ya había declarado como tal seis de ellos, algo que el Gobierno ha recurrido ante el Supremo, y ahora lo ha hecho con los dos restantes
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado la declaración como improcedente de ocho despidos en el Servicio Cántabro de Empleo (Emcan).
De ellos, el TSJC ya había declarado como tal los despidos de seis de ellos en cuatro sentencias dictadas hace varios meses y ahora ha hecho lo mismo con los otros dos. En todos los casos, los afectados han sido defendidos por el abogado Fabian Valero, del despacho vigués Zeres Abogados.
Esta última sentencia, dictada el pasado 29 de mayo, hace referencia a dos trabajadoras del Emcan que fueron despedidas después de llevar al servicio de la Administración 13 y 23 años, respectivamente.
Ambas habían venido prestando servicios profesionales para el Gobierno de Cantabria con categoría reconocida de Auxiliar de Apoyo Administrativo.
Según han informado los demandantes en un comunicado, entre agosto y septiembre de 2022, estas dos trabajadoras, con relación laboral indefinida no fija con el Gobierno de Cantabria, fueron cesadas al producirse la toma de posesión de las plazas funcionariales a las que habían sido previamente adscritas, siendo indemnizadas con 20 días por año de trabajo realizado.
El Juzgado de lo Social Número 1 de Santander dictó sentencia condenatoria contra el Gobierno de Cantabria y declaró improcedentes los despidos, una resolución ante la que el Ejecutivo regional presentó recurso, que es el que ahora ha desestimado el TSJC, confirmando en su integridad la sentencia de instancia.
En la sentencia del TSJC, al igual que en las cuatro anteriores, se señala que estos despidos contraviene la doctrina unificada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (STS de 12 de enero de 2022), que considera despido improcedente el pretendido cese en plaza de funcionario de cualquier persona con relación de carácter laboral con la Administración pública que haya sido calificada previamente como 'indefinido no fijo'.
"El cese de las actoras debe calificarse como despido improcedente pues se trata de un cese de personal laboral basado en la ocupación de las plazas de funcionarios que venían desempeñando", se señala en la sentencia, en la que se indica que "no estamos ante una causa lícita de extinción del contrato de trabajo (...)".
La Sala de lo Social del TSJ de Cantabria no sólo ha declarado la improcedencia de los despidos, condenando al Ejecutivo a, bien readmitir en su puesto de trabajo a las demandantes "en las mismas condiciones y jornada que regían con anterioridad al despido" o que les indemnice con 33 días por año trabajado.
Además, ha aumentado el salario fijado para el cálculo de estas indemnizaciones al advertir que las dos auxiliares realizaban tareas de administrativas antes de ser despedidas. También ha condenado a la Administración al pago de las costas procesales por un importe de 850 euros.
La sentencia no es firme pues contra ella cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina.
Dado que el Gobierno de Cantabria ha recurrido ante el Tribunal Supremo las cuatro sentencias anteriores relativas a los otros seis trabajadores, ahora los demandantes esperan "con expectación qué decisión va a tomar el ya Gobierno saliente "a las puertas de un inminente cambio en la Dirección de la Consejería de Presidencia" --dirigida en esta legislatura por el PRC-- fruto de las elecciones autonómicas.
Para los demandantes, estos recursos son "una clara maniobra destinada a aplazar el pago de las indemnizaciones reconocidas a estos trabajadores públicos y hacer saltar de legislatura este gasto".
Han recordado que las organizaciones sindicales ya se pronunciaron meses atrás solicitando al Gobierno de Cantabria que desistiera de recurrir estos ocho despidos "para no alargar más la agonía de estos empleados", indemnizándoles con la cantidad que TSJC ha fijado.
Y es que los demandantes consideran que esta situación supone "un agravio para ellos y un maltrato que en causas similares el Ejecutivo "ha desistido de recurrir", pero que "en este caso está erre que erre".
Han censurado también que "una mala gestión" llevada a cabo, a su juicio, por el Gobierno actual ha derivado en cinco procesos judiciales diferentes, en los que el Ejecutivo ha cosechado cinco sentencias negativas.
"La pregunta que subyace ante esta situación es, si no es el momento de parar, asumir responsabilidades, y pagar las cantidades debidas, dejando descansar a estas personas trabajadoras, que ya fueron privadas de los puestos de trabajo que ocupaban", han señalado los demandantes.
Creen que sería "razonable que el Gobierno entrante debiese participar en la decisión sobre este asunto que se alarga en el tiempo y que sólo genera sufrimiento y nuevos gastos públicos".
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