El TSJC concluye que Ambuibérica incumple las medidas de higiene en su base de Ramales
La Inspección de Trabajo ya multó con 24.000 euros a la empresa en 2021
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la empresa adjudicataria del servicio de transporte sanitario, Ambuibérica, contra una sentencia dictada por un Juzgado de Santander que la condenaba por incumplir las medidas de seguridad y salud en su base de Ramales de la Victoria, donde trabaja una plantilla de diez personas.
La empresa ya fue sancionada con más de 24.000 euros en febrero de 2021 por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), y más tarde, en enero de 2023, condenada por el Juzgado de lo Social número 2 de Santander, cuyo fallo ha confirmado ahora el TSJC en una sentencia con dictada el pasado mes de mayo.
Según recoge la resolución judicial, tras realizarse una inspección en el Centro de Salud Alto Asón de Ramales de la Victoria, donde la empresa Ambuibérica tiene un centro de trabajo con diez empleados para el transporte sanitario con ambulancia, se constataron infracciones en los vestuarios y aseos.
"Había dos cuartos en la planta superior del edificio, para vestuario y para todo tipo de funciones como descanso nocturno (somier y colchón), mobiliario de mesa y sillas, útiles para refrigerios y café, almacenamiento de EPIs y taquillas, sin agua corriente ni embotellada por cuenta de la empresa, etc", se señala.
Además, se trata de unas dependencias "aisladas de los aseos" que se encuentran en la planta baja para el personal del centro de salud al que los empleados de Ambuibérica deben acudir "vestidos de calle o en ropa de trabajo, sin observar instrucciones de diferenciar prendas EPIS que puedan haber sido utilizadas en los servicios de la ambulancia".
También, en los cuartos de vestuarios y sala de espera deservicio "no había lavabos, retrete ni ducha", a pesar de trabajar con pacientes y existir "un eventual riesgo de contagio biológico que hace necesario extremar medidas de higiene y salud".
El sindicato Comisiones Obreras (CCOO), que fue el que interpuso la denuncia que dio lugar a la primera condena del Juzgado, ha valorado esta sentencia en un comunicado en el que lamenta que los empleados "llevan más de dos años sufriendo unas condiciones higiénicas deficientes en su lugar de trabajo y, mientras soportan turnos de 24 horas, no tienen ni siquiera un lugar habilitado para ducharse a pesar de los requerimientos y sanciones de la ITSS y del Juzgado de lo Social".
Miguel Expósito, miembro de CCOO en el comité de empresa de Ambuibérica, ha destacado que la ITSS ha constatado en su resolución que las dependencias "cuentan con dos habitaciones, una que se utiliza como vestuario con taquillas, cama, pequeños electrodomésticos, material de limpieza... todo en un habitáculo de cuatro por cinco metros cuadrados; y otra que funciona como centralita de comunicaciones".
El lugar no cuenta, sin embargo, con suministro de agua ni retretes, lavabos y duchas, por lo que a los trabajadores "se les permite utilizar los aseos del centro de salud para uso del personal de ese centro pese a no estar permitido y estar muy alejados de sus instalaciones", ha advertido Expósito, que ha denunciado que "ni siquiera tienen sus propios aseos".
Finalmente, desde el sindicato han instado a Ambuibérica a que cumpla la resolución de la ITSS, "en vez de dilatar artificialmente en los juzgados, como es su costumbre en todas las causas que actualmente tiene abiertas".
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