Existen cientos de reclamaciones por este concepto y el INS se niega a cumplir la Ley
Condenan al INSS a pagar 15.000 euros a un pensionista por el complemento de maternidad y 1.800 de indemnización
El Juzgado de lo Social número 3 de Santander ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General (TGSS) a abonar cerca de 1.500 euros a un pensionista de la ciudad por el complemento de maternidad y al que, además, deberán indemnizar con 1.800 euros por obligarle a acudir a los tribunales para reclamar este derecho.
El magistrado lo determina así en una sentencia, dictada a finales de septiembre y consultada por Europa Press, en la que admite la demanda interpuesta por el hombre contra el INSS y la TGSS.
En la resolución, que no es firme toda que cabe interponer recurso de suplicación, el juez da la razón al demandante, que tras tener reconocida su prestación por jubilación reclamó el citado complemento de maternidad y la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.
La Seguridad Social rechazó esta última petición, y reconoció la primera, la prestación del complemento --por importe de 14.769 euros-- en junio de 2024 y con carácter retroactivo, con efectos a fecha de mayo de 2018. Además de esa cuantía en concepto de atrasos, su pensión se revalorizará un 10 por ciento y de forma vitalicia.
Pero el magistrado condena también a la administración a compensar al perjudicado en base a la sentencia del Tribunal Supremo que estableció en una sentencia la cuantía de 1.800 euros al considerar que en estos supuestos concurría una vulneración del derecho fundamental de discriminación por razón de sexo, ya que el citado complemento fue inicialmente denegado.
El complemento por maternidad pueden solicitarlo los hombres que accedieron a la pensión de jubilación entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y que tengan dos hijos o más.
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