Condenado a 15 años de prisión el autor confeso del asesinato a su compañero de piso en Santander
El hombre llegó a una conformidad con el fiscal y la acusación particular y el jurado popular lo declaró culpable por unanimidad
SANTANDER, 17 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a 15 años de prisión al hombre que mató a otro con el que compartía piso en la zona de General Dávila de Santander en noviembre de 2021, que reconoció los hechos y alcanzó un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular.
Así, un jurado popular le declaró culpable por unanimidad en el juicio, celebrado el pasado mes de septiembre, y el hombre aceptó la pena que pidieron para él ambas partes, por lo que la sentencia --a la que ha tenido acceso Europa Press-- se ha ajustado a lo acordado.
De este modo, el autor confeso de los hechos ha sido condenado a 15 años de cárcel y a la pena accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, aplicando las atenuantes de confesión y de intoxicación por consumo de alcohol y estupefacientes.
Además de la pena de prisión, se le ha impuesto abonar en concepto de responsabilidad civil una indemnización de 52.000 euros para el hijo del fallecido, de 21.000 euros para la hija y de 15.000 euros para la hermana, además de pagar al Servicio Cántabro de Salud (SCS) los costes de la asistencia prestada el día del crimen, en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia.
El ya condenado --que tenía antecedentes penales no computables en esta causa-- lleva en prisión provisional comunicada y sin fianza desde el 18 de noviembre de 2021, tras ser detenido tres días antes al acudir a confesar a la comisaría de la Avenida del Deporte de Santander.
Tal y como recoge la sentencia, dictada la semana pasada por la magistrada Almudena Congil, el procesado tuvo una disputa con la víctima en la madrugada del 14 de noviembre en el domicilio de este último, en la calle José Rioja, donde convivían desde el verano.
Durante la pelea, el hombre ató por los brazos a una silla a su compañero de piso --de ahí la calificación de alevosía--, que tenía un brazo en cabestrillo por una fractura previa, y le golpeó por todo el cuerpo, en particular en la cabeza, cara, tórax, brazos, manos, piernas y región genital y perianal.
Los "traumatismos craneales múltiples de tipo contuso" provocaron "la destrucción de centros vitales cerebrales", que fueron la causa inmediata de la muerte.
Además, mientras seguía con vida, también le introdujo por el ano la pata de una silla. Junto a los golpes "de forma tan reiterada", se entiende que actuó "con la intención de causarle un mayor e innecesario dolor previo a la muerte", y por ello se ha calificado como un asesinato con ensañamiento.
Mientras, se ha aplicado la atenuante de intoxicación porque en el momento de los hechos el autor del crimen había consumido alcohol y cocaína, como hacía "de forma habitual desde hacía bastante tiempo".
La magistrada explica en la sentencia que "no ha existido ninguna cuestión controvertida" a la hora de imponer la condena dado que las partes habían llegado a un acuerdo. Sin embargo, al ser un procedimiento con jurado popular el juicio debía celebrarse porque así lo marca la ley cuando las penas exceden los seis años de prisión.
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