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Cantabria 11-08-2020 17:45

El juez sentencia vulneración del derecho a la salud de los trabajadores del CAD Sierrallana y sentencia contra el ICASS

Estima en parte la demanda de TU pero descarta la indemnización solicitada por la falta de legitimación activa del sindicato

   El Juzgado de lo Social nº 1 de Santander ha estimado en parte la demanda interpuesta por el sindicato Trabajadores Unidos contra el ICASS del Gobierno de Cantabria a finales de abril, y ha declarado la existencia de una vulneración del derecho a la salud de los trabajadores del CAD de Sierrallana por un "tardío cumplimiento" de las medidas de prevención de seguridad e higiene frente al Covid durante las primeras fases de la epidemia.

   El juez desestima la indemnización solicitada en la demanda para los trabajadores por la falta de legitimación activa del sindicato, y resuelve que deben ser los propios trabajadores los que reclamen la indemnización que les corresponde como derecho individual.

   El magistrado Carlos de Francisco precisa que "no procede condena a cese alguno de la actuación contraria al derecho fundamental, por cuanto con posterioridad se han cumplido las normas y se ha alzado la declaración del estado de alarma, no existiendo en la actualidad casos positivo alguno en el centro de trabajo".

   La sentencia acredita que las mascarillas se suministraron tarde a los trabajadores, así como el incumplimiento del protocolo de separación y aislamiento de los residentes por módulos, y de las normas de limpieza y desinfección del centro.

   Sentados los citados incumplimientos, "se puede concluir no solo la infracción de normativa de rango legal o reglamentario, sino también su incidencia en el derecho de salud de los trabajadores del centro, que ha quedado afectado por el incremento de riesgo que ha supuesto la tardía adopción de algunas medidas", añade el fallo.

   "Y como indicio de esa afectación debe tenerse en cuenta que en el centro 64 de los 75 residentes y 54 de los 130 trabajadores, esto es, en torno al 85% y 40% respectivamente, han resultado contagiados por el COVID19, unas estadísticas, que según refieren los testigos, no se han producido en los otros dos centros del ICASS, y que superan con creces la tasa de contagio en la Comunidad Autónoma de Cantabria (414 por 100.000 habitantes a julio de 2020)", señala textualmente la sentencia.

   El fallo, dictado el pasado 6 de agosto y del que ha informado este martes el sindicato TU a través de un comunicado de prensa, añade que "si bien no se puede afirmar sin más que todos los contagios guarden relación de causalidad con los incumplimientos, debe tenerse en cuenta la estadística como reveladora de una especial incidencia del COVID-19 en un centro en el que se han acreditado incumplimientos de la normativa de prevención de riesgos laborales, para concluir que ha existido una vulneración del derecho de salud de los trabajadores del centro de trabajo".

   Para el sindicato TU, la sentencia da "un baño de realidad" al ICASS al afirmar que "con tales estadísticas, no se alcanzan a comprender manifestaciones de las demandadas relativas al miedo de los trabajadores como fundamento de su demanda y de no querer trabajar, miedo que en todo caso sería comprensible de no contar con todos los medios de protección ante una enfermedad que, hasta la fecha, ha causado en España 28.500 muertos, aunque podrían superar la cifra de 45.000, y que ha afectado a casi la mitad de los trabajadores del centro y cerca de la totalidad de sus residentes".

   Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación al TSJC.

   Trabajadores Unidos señala con esta demanda, "lo único que pretendía era que el Gobierno de Cantabria adoptase las medidas, protocolos acordes con la situación de crisis sanitaria en la que nos encontrábamos inmersos y se dotase de los EPIs necesarios a los trabajadores para su protección, la de sus familias, y en primer lugar la de los usuarios, evitando que nuestros centros se conviertan en focos de infección por el bien de todos los ciudadanos de Cantabria".

   Aunque considera que "llega tarde", TU afirma que "en cierto modo, la sentencia nos enorgullece" porque supone "un "reconocimiento" a los empleados públicos que se han enfrentado al Covid-19 para proteger a los más vulnerables sin equipos de protección, sin responsables que adoptasen las suficientes medidas organizativas y enfrentándose "al miedo que suponía una enfermedad desconocida".

   Por último, exige al Gobierno de Cantabria que "informe en tiempo y forma a los delegados de prevención, a los representantes de los trabajadores y a los propios trabajadores, que se dote de los medios necesarios y que más allá de hacer acopio de medios por si en un futuro hay brotes, utilicen estos medios para evitar que los haya".

  

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