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Cantabria 12-08-2019 15:15

El exceso de velocidad solo es el 31% los accidentes mortales en Cantabria y ¿el deteriorado del firme?

La DGT todaviano se le conoce un estudio sobre curvas que hay que eliminar, el deterioro del firme , obstáculos en carreteras, arcenes insuficientes etc

 

   El exceso de velocidad estuvo detrás del 31 por ciento de los accidentes mortales que tuvieron lugar en 2018 en Cantabria, convirtiéndose en la principal causa de siniestralidad, por delante de las distracciones al volante (21%) y del alcohol (20%).

   En el conjunto de España, en 2018 --último año con datos consolidados--, la velocidad fue el segundo factor concurrente en los accidentes mortales, concretamente, el 22%, solo por detrás de la conducción distraída, según ha informado en un comunicado la Dirección General de Tráfico (DGT), que realizará desde hoy, y durante toda la semana, una nueva campaña nacional de velocidad con motivo del puente festivo del 15 de agosto.

   Así, la DGT, durante estos días, vigilará y controlará el cumplimiento de los límites de velocidad con el objetivo de reducir la accidentalidad y las consecuencias derivadas de los mismos.

   Esta campaña de vigilancia, que se desarrollará hasta el domingo, se produce con motivo del festivo a nivel nacional del jueves 15 de agosto, que genera un puente de cuatro días y multitud de desplazamientos de corto recorrido por carreteras convencionales para acudir a las fiestas patronales que se celebran en numerosos pueblos repartidos por toda la geografía española.

   Según indica Tráfico, los controles se centrarán en aquellos tramos de riesgo asociado a la velocidad, así como en aquellos puntos donde la circulación se realiza por encima del límite establecido y existe un elevado índice de siniestralidad.

   Además, atendiendo al carácter preventivo de la campaña, se anunciará a los conductores la existencia de controles a través de los paneles de mensaje variable o con señalización vertical circunstancial cuando la vía no disponga de dichos paneles.

   Como suele ser habitual, la DGT ha invitado a los ayuntamientos a sumarse a la campaña, de modo que también en las vías urbanas se realice esta labor de concienciación y control de la velocidad, teniendo en cuenta que, en las ciudades, los peatones son los usuarios que más fallecidos registran, siendo la velocidad la principal causa de ellos.

  HASTA 600 EUROS Y 6 PUNTOS MENOS DEL CARNÉ, INCLUSO CÁRCEL

   Las políticas de seguridad vial en la Unión Europea están basadas en el enfoque de Visión Cero y en el Sistema Seguro. Ambos sistemas están recogidos en la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 de la DGT.

   El Sistema Seguro reconocido por organismos Internacionales como la Organización Mundial de la Salud y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, acepta que el ser humano comete errores y busca evitar que estos errores provoquen muertes o lesiones graves.

   Según señala la DGT, organismos internacionales como la OMS y la OCDE, aconsejan que los límites de velocidad se establezcan considerando las fuerzas que el cuerpo humano puede tolerar, que en el caso del ámbito urbano no debería ser superior a los 30 km/h; en áreas con intersecciones y alto riesgo de colisiones laterales el límite sería de 50 km/h; y en las carreteras convencionales sin separación física de carriles, de 70 km/h.

   La normativa de Tráfico en España recoge que la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h, en carreteras secundarias de 90 km/h y en vías urbanas de 50 km/h.

   Por tanto, los conductores que incumplan estos límites estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

   En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o a la de multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

   Además, en cualquier caso, se privaría al conductor de su derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

   Teniendo en cuenta que el exceso de velocidad es un factor concurrente en la accidentabilidad en todos los países, la Unión Europea incluyó, dentro de la Directiva Transfronteriza, la velocidad como una de las ocho infracciones a perseguir, con lo que cualquier conductor de la UE que supere los límites establecidos en el país por donde circule es denunciado, independiente del país de origen, y recibirá en su domicilio el correspondiente expediente sancionador.

   En España, según datos recogidos por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, se estima que en el 3% de los accidentes con víctimas en vías interurbanas están involucrados vehículos no matriculados en España. En 2018, la DGT tramitó 170.475 denuncias por exceso de velocidad sin parada del conductor con matrícula de otros estados de la UE, lo que supone el 7,3% del total de este tipo de denuncias.

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