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Agenda 07-08-2020 18:30

Cantabria actualiza las medidas preventivas en los centros de servicios sociales

Se determina el aforo en centros de atención diurna y se permiten visitas de menores, acompañados, a residentes en estado terminal

 

   La Consejería de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno regional ha publicado este viernes, en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de Cantabria (BOC), una resolución por la que se establecen medidas preventivas y de organización en los centros de servicios sociales de la Comunidad Autónoma durante la `nueva normalidad`.

   El anuncio supone una actualización de la publicada el pasado 19 de junio, cuando se levantó el estado de alarma en la región, además de un texto unificado con el que aclarar y facilitar el cumplimiento de lo dispuesto por la pandemia del coronavirus.

   Esta nueva resolución incluye modificaciones que surgen del mayor conocimiento que hay hoy sobre cómo se comporta el Covid-19 (recomendaciones de sanidad) y, también, son fruto de la experiencia en el funcionamiento de estos centros con la nueva normalidad.

  AFORO

   El cambio fundamental afecta a la prestación de servicio en los centros de atención diurna y el aforo máximo compatible con la distancia social de seguridad.

   En concreto, el aforo máximo compatible con la distancia social de seguridad se determinará teniendo en cuenta que cada persona usuaria disponga de cuatro metros cuadrados de superficie en las salas de actividades en su conjunto, o en las de usos múltiples en su caso.

   Así, en el supuesto de que el aforo resultante no fuera suficiente para atender a todos los usuarios, se prestará atención a quienes residan en su domicilio particular, garantizando su asistencia durante al menos dos tercios de la intensidad horaria habitual antes de la alerta sanitaria.

   Y los usuarios que vivan en residencias de atención básica asistirán presencialmente al centro de día hasta completar el aforo, pudiendo el resto ser atendidos excepcionalmente y con carácter temporal en las salas de estar de la residencia.

  VISITAS

   Además, este nuevo texto permite la visita de menores acompañados a los residentes que se encuentren en proceso terminal inminente con las mismas exigencias de protección que los adultos.

   Y se especifica expresamente que la adopción de cualquier medida de restricción y/o prohibición de visitas y salidas a los residentes por parte de los centros requerirá la intervención de la Dirección General de Salud Pública y la comunicación a la autoridad judicial, así como también a la Consejería de Empleo y Políticas Sociales.

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