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Tribunales 16-11-2021 13:30

El fiscal mantiene los 8 años de inhabilitación a Puerto Gallego y sus ediles por prevaricación: "Es clarísima"

PP y Falange también elevan a definitivas sus conclusiones y las defensas insisten en la libre absolución de los acusados

El fiscal ha mantenido su petición de ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público a la exalcaldesa de Santoña Puerto Gallego y a los ocho ediles del PSOE miembros de su equipo en el Ayuntamiento por presunta prevaricación administrativa, que esta parte ve "clarísima", por comisión y omisión, según ha manifestado.

Por eso, ha elevado a definitivas sus conclusiones en la segunda y última sesión del juicio contra los acusados, por fraccionamiento de contratos durante su mandato. Entre 2003 y 2009 la Junta de Gobierno Local aprobó por unanimidad el pago de facturas -fundamentalmente a cuatro empresas- pese a reparos del interventor que "en ningún momento fueron levantados", eludiendo así -ha dicho el fiscal- de forma "grosera y palmaria" los requisitos legales en la contratación pública y "vulnerando" los principios igualdad y transparencia.

En la vista, ante el Juzgado de lo Penal número uno de Santander y que se ha celebrado en el salón de actos del complejo judicial Las Salesas, todas las partes han ratificado sus escritos, incluidas las acusaciones particulares ejercidas por el PP y el exconcejal de Falange Leoncio Calle Pila, que denunció los hechos y reclama nueve años de inhabilitación para todos los procesados. Mientras, las defensas han insistido en la libre absolución de sus patrocinados.

El representante del ministerio público, que considera que concurre la atenuante de dilaciones indebidas en este causa --enjuiciada casi veinte años después de las primeras irregularidades denunciadas y tras más de una década desde que arrancó la instrucción--, ha afirmado que tras la prueba practicada ha quedado "sobradamente acreditada" la prevaricación en los documentos aportados, más de seis mil distribuidos en cinco cajas.

En este punto, ha incidido en que por un lado el órgano de gobierno municipal aprobaba facturas de gasto sin contar con consignación presupuestaria y, por otro, se causaba un perjuicio a la "contratación", que no se efectuaba "correctamente".

Así, a sus ojos, es "palmario" que los integrantes del gobierno municipal de la villa santoñesa procesados infringieron la normativa vigente para los contratos públicos, y resulta "sangrante" además cómo se prolongó en el tiempo esa "arbitrariedad".

"Se ha repetido hasta la saciedad", durante un "dilatado" periodo de seis años, les ha afeado el fiscal, para quien no hubo "ganas" ni "interés" por parte de responsables políticos de ajustar su proceder a "ningún" mecanismo establecido. En su opinión, "eludieron" los mecanismos de contratación existente y "lo hicieron como les dio la gana", "despreciando la legalidad" y bajo la máxima de "vale todo".

En su alegato final también ha censurado las testificales del secretario e interventor municipal en la vista oral, pues "han faltado a la verdad de la mitad de las cosas que han dicho". Y con los interrogatorios a los procesados -que se acogieron a su derecho a declarar solo a sus abogados- "no se ha mostrado toda la realidad".

Al hilo, el representante de la Fiscalía ha rechazado el argumento de que las situaciones enjuiciadas fueran "heredadas" y fruto de una "mala gestión anterior", pues "no se puede fraguar una ilegalidad durante toda la vida". Ha añadido que no fue una situación "puntual", sino que afectó a diversos servicios, "uno tras otro". "Hubieran podido pagar lo que les hubiera dado la gana", ha reflexionado.

PRECEDENTES ILEGALES NO CONVALIDAN ACTOS ILEGALES

En similares términos se han expresado los letrados de las acusaciones particulares, que han puesto de manifiesto que los supuestos "precedentes ilegales" no "convalidaban actos ilegales", sino que los dirigentes del PSOE deberían haberse adecuado a la legalidad y a los sucesivos cambios normativos, como ha manifestado el representante del exconcejal de Falange.

Y el abobado del PP ha abundado en que los reparos del interventor no eran por "meras irregularidades" ni tampoco "meras recomendaciones", sino "tachas de ilegalidad" por pagos igualmente "ilegales" que se efectuaron en "múltiples" ocasiones, fruto de una actuación "clara, pertinaz y continua", llevada a cabo en "una junta (de gobierno local) sí y en otra también".

Sin embargo, las dos defensas de los nueve encausados -y que han recordado que la acusación se circunscribe a 18 actas de otras tantas reuniones del órgano de gobierno- han puesto el énfasis en que los pagos de facturas cuando existen reparos de intervención -que "solo" puede levantar la alcaldesa como presidenta de la junta- son "resoluciones políticas" pero no ejecutivas o administrativas, por lo que se cumpliría el tipo objetivo de prevaricación en este caso.

También han considerado "insólito" que se impute a la regidora la ausencia del decreto del levantamiento del reparo, pues "lo tiene que hacer el secretario" municipal, y han añadido que sin consignación presupuestaria y sin levantar los informes desfavorables el interventor no tenía facultada para firmar un pago, por lo que "en todo caso" -han dicho- debería estar él "sentado en el banquillo".

En este punto, una abogada defensora ha subrayado que fue el secretario quien recomendó los levantamientos de reparo para proceder al pago de facturas -por servicios prestados, según coincidieron todos los acusados y han ratificado las empresas que los efectuaron que han sido citadas como testigos-.

Y ha remarcado que con los abonos de las mismas, y de acuerdo con el interventor, se evitaba un "enriquecimiento injusto" y la consiguiente condena al Ayuntamiento, como ya había sucedido en seis sentencias en el año 2002 -por impago de facturas- y que costaron "un buen pico" a las arcas municipales.

DILACIONES INDEBIDAS

Esta letrada también ha llamado la atención sobre la "amplia y genérica" pena solicitada por las acusaciones particulares, pues a su entender no han concretado la petición para cada procesado, o el que no haya hecho "mella" en estas partes, ni en el ministerio público, las dilaciones indebidas, admitidas por la propia jueza como "palmarias", ya que han mantenido la inhabilitación solicitada.

"Puerto Gallego ha tardado en ser llamada a la causa la friolera de nueve años", ha recordado su abogada, que "no se explica" la imputación de una concejala que a lo sumo, y según ha indicado, solo participó en las dos primeras reuniones objeto de esta causa, al estar de baja maternal en las demás.

Y del resto de integrantes de la junta de gobierno han destacado la "voluntad" de corregir la situación denunciada en el Ayuntamiento de Santoña, pues "todos" los contratos en cuestión fueron regularizados o se inició el correspondiente procedimiento. "En la medida de lo posible han hecho lo que han podido", ha esgrimido el otro abogado defensor, que tampoco ve responsabilidad penal.

Además, ha apuntado que los denunciantes, Falange y PP, habían sido enjuiciados por hechos "similares" en un procedimiento que "se archivó", y ha agregado que algunos de los servicios prestados en cuestión habían sido contratados de forma previa al mandado del PSOE, precisamente por los denunciantes.

PASÁBAMOS LAS FACTURAS Y NOS LAS PAGABAN

Extremo este último que han corroborado representantes de empresas que han testificado en la vista, como la encargada del mantenimiento del alumbrando público, que se venía realizando desde hacía "40 ó 45 años" en la villa y por el método en cuestión: "Pasábamos las facturas y nos las pagaban", algo "habitual" en este tipo de servicios en los ayuntamientos.

Y otra sociedad responsable de la limpieza en edificios públicos ha situado en la década de los 90 el origen de la prestación de sus servicios en Santoña, en tanto que la encargada del abastecimiento de agua lo ha venido prestando "ininterrumpidamente" desde finales de los años 80 hasta la actualidad.

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