El Ayuntamiento del PP de Santander recurre las sentencias que perdió con la empresa Ascan en relación con el contrato de las basuras
En las sentencias de condena al Ayuntamiento no se le han impuesto las costas al estimarse en parte los pedimentos de Ascan Que si se confirman, cómo es de prever, se producirá la condena en costas en la segunda Instancia que tendrán que pagar los santanderinos al igual que el principal
- La Junta de Gobierno Local de Santander ha acordado este lunes, en su reunión semanal, autorizar a la Asesoría Jurídica Municipal a interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) frente a las sentencias notificadas al Ayuntamiento sobre las deducciones en las facturas a la UTE Ascan-Geaser, anterior adjudicataria del servicio de limpieza y recogida de basuras en la ciudad.
Así lo ha informado la concejala de Medio Ambiente, Margarita Rojo, en un comunicado en el que ha destacado que las resoluciones conocidas hasta ahora, de distintos juzgados de lo Contencioso-Administrativo, estimaron parcialmente las demandas, al confirmarse algunos descuentos y anularse otros, por partidas de personal y la recogida de papel y cartón en comercios en distintas facturas.
En los primeros nueve fallos, correspondientes a la mitad de los pleitos entre el Consistorio y la UTE `Cuida Cuida`, los jueces condenaban a la administración a reembolsar al menos más de 1,2 millones a la mercantil, que por su parte elevaba la cuantía a los 1,4 millones.
La edil ha destacado que los magistrados han considerado "acertados cuatro de los seis conceptos" por los que se realizaron las detracciones -la plataforma informática, el parque de papeleras, la inversión en medios técnicos y la inversión en información y sensibilización-, lo que supone "un ahorro de 900.000 euros sobre lo establecido en el contrato".
En cuanto a los dos conceptos cuya deducción ha quedado anulada en el juzgado de manera "provisional", como recalca el Ayuntamiento, la Asesoría Jurídica municipal considera que "no es preciso esperar a la liquidación del contrato" para recuperar los importes retenidos a la UTE, dado que, "independientemente del criterio que se emplee para cuantificarlo, existe un claro déficit en el personal contratado por la concesionaria para prestar el servicio, que también ha sido avalado por el Consejo de Estado".
"Las sentencias cuestionan la falta de mayor claridad en las explicaciones, pero dan la razón al Ayuntamiento en cuanto a que los costes de personal directivo son gastos generales que no pueden computarse dos veces y además no prejuzga los incumplimientos, es decir, que, aunque haya que reducir la detracción practicada siempre resultará un saldo favorable para el Consistorio", ha explicado Rojo.
En este sentido, ha recalcado que el déficit de personal ha sido un criterio "avalado" por el Consejo de Estado al pronunciarse sobre el expediente que condujo a la resolución del contrato por incumplimiento culpable de la anterior concesionaria.
Y asimismo, la concejala del ramo ha incidido en que de los tres apartados que comprendía la deducción en materia de personal, las sentencias "no han examinado dos" de ellos, en concreto el que "obligaba" a la UTE a contratar personal extra para cubrir las bajas superiores a siete días, un concepto que "supone prácticamente la mitad del importe anulado".
"Con todos estos argumentos, la Asesoría Jurídica municipal va a recurrir los fallos judiciales dado que, tras analizar exhaustivamente los mismos, discrepa de la opinión del Juzgado en cuanto a que haya que esperar a la liquidación del contrato para recuperar los importes retenidos", ha informado Rojo.
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