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Cantabria 19-04-2025 13:15

El registro de voluntades previas duplicó en 2024 el número de testamentos vitales inscritos, hasta los 2.328

El registro de voluntades previas en Cantabria duplicó en 2024 el número de testamentos vitales inscritos respecto al año anterior, alcanzando las 2.328 inscripciones, 1.073 más que en 2023 y 1.563 más que en 2022, lo que consolida la demanda creciente de los últimos años.

Asimismo, durante este año, ya se han efectuado 406 nuevas inscripciones.

Unas cifras que constatan "el interés de los cántabros por manifestar anticipadamente cómo quieren vivir la etapa final de su vida, los cuidados que desean recibir, así como sus deseos en relación a ciertas intervenciones sanitarias y tratamientos de salud", ha indicado en nota de prensa el Gobierno de Cantabria.

Del total de 2.328 Documentos de Voluntades Previas registrados --también conocidos como Testamentos Vitales o Voluntades Anticipadas--, 1.565 correspondieron a mujeres y, el resto, 763, a varones, un patrón que también se ha mantenido durante estos últimos años.

Se trata de un documento que revela la autonomía del paciente y debe ser considerado como una ayuda en el proceso de prestación de cuidados sanitarios cuando la persona no se pueda manifestar.

Algo que el equipo sanitario ha de respetar cuando la situación clínica del otorgante sea previsiblemente terminal e irreversible, dentro del marco de la legalidad y de las buenas prácticas médicas.

PROCEDIMIENTO

Cualquier persona mayor de edad, con plena capacidad para la toma de decisiones y que actúa libremente, puede gestionar el Documento de Voluntades Previas, que debe realizarse siempre por escrito en la comunidad autónoma de residencia, mediante tres procedimientos distintos, pero igualmente válidos: una declaración ante funcionario --en el caso de Cantabria en la Consejería de Salud--, ante tres testigos o ante notario.

En la comunidad, durante 2024, la mayoría de los documentos, 2.174, es decir, el 93,38%, se registraron de forma gratuita ante funcionario público, un 6,56% ante notario (139) y un 0,70% (15) ante testigos, el método menos usado.

El primero de los sistemas, totalmente gratuito, es una declaración ante el personal funcionario de la Consejería de Salud habilitado para tramitar los documentos.

Para ello se debe acudir presencialmente al Servicio de Atención al Usuario de la Consejería donde, tras pedir cita previa, el otorgante es atendido por funcionarios habilitados, capacitados para solventar cualquier duda que surja.

Además, según ha indicado el Ejecutivo, actualmente no hay apenas tiempo de espera para la cita previa, puesto que el servicio se ha reforzado con más personal y hay tres funcionarios para realizar las gestiones oportunas.

REGULACIÓN

Las voluntades previas están reguladas en la Ley de Autonomía del Paciente, pero son las comunidades autónomas las responsables de regular los procedimientos adecuados que garanticen su cumplimiento, como la creación y mantenimiento de un registro que recoja las voluntades o instrucciones previas o anticipadas.

El documento, con validez legal, se adjunta a la historia clínica de la persona, lo que permitirá al equipo médico que la asista, así como a su familia, conocer qué es lo que desea en una situación final de vida, en la que no puede expresar su voluntad por sí misma.

En definitiva, se trata de determinar qué tratamientos acepta, cuáles rechaza y cómo quiere llegar al final de su existencia.

Todas aquellas personas interesadas en el testamento vital, pueden obtener más información, consultar las preguntas frecuentes e, incluso, pedir cita previa para el proceso a través del siguiente enlace: https://rvp.cantabria.es/rvp/.

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