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Cantabria 23-05-2025 14:15

Ecologistas valora el auto del TSJC porque permitirá conocer "el plan de muerte de 41 lobos" en Cantabria

Ecologistas en Acción de Cantabria ha valorado el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma (TSJC) por el que emplaza a la Consejería de Ganadería a alegar lo que estime oportuno sobre la posibilidad de dejar en suspenso la resolución que autoriza la extracción de lobos en la región.

Dicha resolución, que da un plazo de cinco días a la administración para hacer las alegaciones, "nos permitirá conocer el desarrollo del plan de muerte de los 41 lobos", ha indicado la asociación.

En un comunicado, también ha considerado que con su decisión los magistrados podrán "evaluar con datos reales la procedencia o no de las medidas cautelares" que organizaciones ecologistas habían pedido en el recurso para parar la orden de extracción de cánidos tras su salida del LESPRE, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, y la recuperación del plan de gestión.

Por lo demás, los ecologistas han reiterado la crítica a la consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, María Jesús Susinos, por "negar información a toda la sociedad sobre el plan concreto de extracción de los 41 lobos que han acordado matar en un período de un año" desde la aprobación de la resolución recurrida.

AUTO

En su auto, la Sala desestima la medida cautelarísima solicitada por Ecologistas en Acción y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cántabra, que pretendían la suspensión de la decisión de la Administración de manera urgente.

El tribunal entiende que antes de decidir si suspende temporalmente la extracción de lobos debe escuchar a la parte demandada, el Gobierno de Cantabria.

Esta petición de medida cautelar que realizan las dos asociaciones ecologistas está vinculada al recurso contencioso-administrativo que han presentado ambas frente a la decisión de la Consejería de extraer 41 lobos en la región, como contempla el plan de gestión de la especie, y que la parte demandante pretende que sea declarada nula.

Por eso, en tanto el procedimiento judicial se tramita y resuelve, solicitan la suspensión temporal de la medida.

Independientemente de que esta petición prospere, el recurso presentado contra la resolución proseguirá y será entonces cuando la Sala entre a resolver sobre el fondo de la decisión de la Consejería y determine si es acorde o no a derecho.

En el auto la Sala admite que la muerte de los lobos "es un daño irreparable", pero precisa que para decidir sobre la medida cautelar hay que ponderar los perjuicios a los bienes y valores que la normativa protege a través de la regulación de la extracción del lobo".

Además, los magistrados no tienen "prueba alguna material de que las extracciones ya se han producido" ni tampoco "indicio alguno de que en los días que inmediatamente están por llegar la Administración haya decidido y preparado extracciones concretas".

Por ello, se inclinan por no tomar una medida cautelarísima y reconducir el asunto a los trámites del incidente cautelar ordinario, emplazando a la Administración a que alegue lo que entienda en el plazo de cinco días.

 

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