La Audiencia de Pontevedra condena al Santander a pagar las costas de los demandantes por las acciones del Popular
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha dictado una sentencia en la que estima un recurso de apelación interpuesto por demandantes que reclamaron judicialmente la devolución del dinero invertido en acciones del Banco Popular en 2016.
La jueza entendió que el Banco Popular ofreció "una información parcial" sobre su solvencia, con el fin de captar clientela para la operación de aumento de capital, una operación que no reportó los "resultados deseados" porque la insolvencia real era superior "a la anunciada y aparentada". Así, anuló la compra de las acciones y condenó al banco a devolver el dinero, pero acordó no hacer una especial declaración sobre las costas procesales, por las "dudas"
Ahora, en su resolución, el tribunal provincial establece que no observa las dudas fácticas y jurídicas "que la sentencia de instancia proclama pero que no acaba, por cierto, de concretar".
Por todo ello, estima el recurso y condena al Banco Santander a pagar las costas del proceso, en una sentencia que, además, discrepa del criterio de la Audiencia de A Coruña, que en marzo pasado rechazó imponer a este banco las costas por no existir aún una doctrina unificada del Tribunal Supremo.
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