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Tribunales 19-11-2018 15:30

Juzgan mañana al responsable del `puenting` en el que murió una menor holandesa en 2015

El fiscal pide dos años de prisión y la familia el doble

   

   El juicio contra el responsable de la empresa que organizó la actividad de `puenting` en un viaducto de la autovía A-8 donde murió una joven holandesa de 17 años, se celebrará este martes, 20 de noviembre, en el Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander, a partir de las 10.30 horas.

   La Fiscalía considera al acusado autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, ya que no colocó una línea de vida a la menor, que se lanzó al vacío cuando aún no estaba asegurada.

   El Ministerio Público solicita una condena de dos años de prisión, cuatro de inhabilitación profesional y una indemnización de 140.000 euros para los padres de la joven fallecida, a pagar solidariamente con el seguro que la empresa del acusado tenía contratado para realizar la actividad.

   Por su parte, la acusación particular, que ejerce la familia de la menor, solicita cuatro años de cárcel y seis años de inhabilitación, y eleva la indemnización a 300.000 euros.

   Los hechos ocurrieron el 16 de agosto de 2015, sobre las 20.30 horas, en el viaducto de la autovía A-8 que pasa sobre el río Cedeja, donde el acusado, titular de la empresa AQUA 21 Aventura, organizó varios saltos desde el arco que sustenta la plataforma.

   Entre los participantes se encontraba Vera N. M., una menor de 17 años, que no contaba con la autorización paterna para realizar esta actividad, y que subió por la rampa del arco del viaducto hasta colocarse en la parte superior, que se encuentra a 32 metros del suelo, "sin llevar una línea de vida que la conectase en todo momento con la estructura del viaducto con el fin de evitar caídas al vacío".

   Una vez que llegó a la parte superior del arco, que no contaba con barandilla, el acusado la puso un casco y un arnés, y "sin esperar a que se la indicase que podía saltar, cosa que aún no podía hacer porque no se había anudado la cuerda que la conectaba a la estructura del viaducto y el sistema de frenado, salto al vacío".

   A causa de la caída en el suelo, sufrió un traumatismo torácico que la causó una hemorragia aguda y la muerte.

   El fiscal entiende que el acusado "no adoptó las medidas de vigilancia o precaución suficientes, debiendo haber velado porque las instalaciones revistieran las mínimas condiciones de seguridad y, concretamente, porque la menor tuviera colocada una línea de vida hasta que llegara el momento del salto".

   "No efectuó sus funciones con la diligencia que le era exigible al no observar el riesgo que ello suponía, ni poseer un nivel de inglés suficiente que le permitiera trasmitir las instrucciones a la fallecida de manera correcta. Tampoco comprobó con carácter previo a la actividad que la chica era menor de edad y no contaba con la autorización paterna", añade el fiscal.

   Junto a ello, el ministerio público pone de manifiesto en su escrito de calificación que la empresa del acusado no tenía autorización administrativa para realizar la actividad de puenting en un lugar que es bien de dominio público.

  

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