Noticias de Cantabria
Tribunales 08-03-2019 13:30

Tipico de las telefonias que hacen lo que quieren

Condenan a Vodafone a devolver a un cliente cántabro más 300 euros que le cobró por el roaming que ofrece "sin coste"

Este es un sector, el de la telefonía, que va a su aire  con el permiso de los políticos. Nadie se atreve a meterle el diente. Mientras, los usuarios padecen todo tipo de tropelías  por estas telefonias. Toda una quimera sería regularlo porque el poder que tiene es impresionante. Son miles y miles las denuncias  que se pierden por el camino, porque es caro pleitear contra ellas Y las asociaciones de consumidores no hacen absolutamente nada

 FACUA-Consumidores en Acción, entidad de la que es socio el afectado, llevó el caso a un arbitraje y un laudo de la Junta Arbitral de Consumo de Cantabria, que ha obligado a Vodafone a devolver todo el dinero al afectado, a quien ya le han sido reembolsados los 332 euros.

   Según ha informado FACUA en un comunicado, el cliente, residente en Santander, tenía su línea con Vodafone desde 2014, por lo que cumplía el requisito establecido para poder utilizarla en EEUU con las mismas tarifas que en España.

   Tras recibir hasta tres facturas con cargos extra por el "servicio de roaming de voz y datos", el afectado reclamó. "Me dijeron que nos lo devolverían todo pero no fue así. Luego me ofrecieron devolverme sólo 50 euros. Fue en ese momento cuando sin pensarlo ni un minuto más decidí acudir a FACUA", señala.

   El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Vodafone para instar a la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, pero la empresa no aceptó la reclamación. Ante esto, FACUA solicitó la celebración de un Arbitraje, al que aportó el contenido de la web de la compañía donde asegura que el roaming no tiene coste en EEUU si el cliente está dado de alta con anterioridad al 20 de mayo de 2018 y reclamó que la empresa aportase la grabación de la llamada en la que José Luis aceptó el servicio; llamada en la que un teleoperador le confirmó que cumplía los requisitos para que fuese gratuito.

   Ahora el laudo arbitral ha dado la razón al usuario. La resolución, que tiene el mismo valor que una sentencia judicial, señala que la compañía "no destruye mediante la prueba solicitada [la grabación] la afirmación de la reclamante" porque "dice no haberla encontrado". "Por causa únicamente imputable a Vodafone", continúa, "ésta no consigue probar la no gratuidad del servicio, cuando además la recurrente presenta un pantallazo en el que Vodafone publicita la gratuidad del servicio".

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