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Tribunales 15-03-2020 10:15

Cantabria suspende juicios y plazos procesales y establece servicios esenciales en Justicia

Cantabria ha suspendido todas las actuaciones judiciales y plazos procesales de sus juzgados y tribunales y ha garantizado los servicios esenciales debido al coronavius.

   Se trata de una decisión acordada por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a la que se adhiere la Sala de Gobierno --órgano de gobierno de los jueces en la comunidad autónoma--, que adoptará las medidas marcadas desde el próximo lunes.

   El acuerdo implica la suspensión de actuaciones y plazos procesales en todo el territorio nacional a la vista de las medidas contenidas en el Real Decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros en el que se declara el estado de alarma.

   Así, Cantabria pasa a formar parte, como el resto del país, del denominado escenario 3, definido para las zonas más afectadas por el coronavirus, como eran País Vasco, Madrid y los partidos judiciales de Haro (La Rioja) e Igualada (Barcelona).

   En esta situación se garantizan una serie de actuaciones, acordadas por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, como es cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicio irreparable.

   En general, no quedan suspendidos los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes (es decir, aquellos cuyo aplazamiento impediría o haría muy gravosa la tutela judicial reclamada).

   También se practicarán internamientos urgentes del artículo 763 de la LEC y se adoptarán medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores del articulo 158 CC.

   Los juzgados de violencia sobre la mujer realizarán los servicios de guardia que les correspondan. En particular deberán asegurar el dictado de las órdenes de protección y cualquier medida cautelar en materia de violencia sobre la mujer y menores.

   Por su parte, el Registro Civil prestará atención permanente durante las horas de audiencia. En concreto, deberá asegurar la expedición de licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios del articulo 52 CC.

   También se llevarán a cabo las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamientos de cadáver, entradas y registros, etcétera; así como cualquier actuación en causa con presos o detenidos o las que se consideran urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.

   En el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, tienen carácter esencial las autorizaciones de entrada sanitarias, urgentes e inaplazables, derechos fundamentales cuya resolución tenga carácter urgente, medidas cautelarísimas y cautelares que sean urgentes, y recursos contencioso-electoral.

   En el orden jurisdiccional social, se mantendrá la celebración de juicios declarados urgentes por la ley y las medidas cautelares urgentes y preferentes, así como los procesos de EREs y ERTEs.

  

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