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Nacional 14-02-2018 11:30

La suspensión de la caza menor termina mañana

El Consejo Regional de Caza informa el proyecto de Orden para la temporada cinegética 2018-2019, que comienza el 1 de abril

   SANTANDER, 14 (EUROPA PRESS)

   La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación de Cantabria levantará la suspensión de la caza menor en esta comunidad autónoma a partir de las 0.00 horas de mañana jueves 15, fecha en la que se publicará la correspondiente resolución del director general del Medio Natural.

   La caza menor se suspendió temporalmente el pasado 3 de febrero ante las previsiones de ola de frío que había difundido la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y ante el riesgo que las mismas determinasen la concentración de aves migratorias en las zonas libres de nieve y, por tanto, las condiciones propicias para una elevada mortalidad debida a la caza.

   Con el cambio de la situación meteorológica y vistas las previsiones de la AEMET, la Consejería considera que tal riesgo ya no existe, por lo que a partir de este jueves volverán a ser de aplicación las normas relativas a la caza menor contenidas en la Orden Anual de Caza y el Plan Anual de Caza de la Reserva Regional de Caza Saja para la temporada cinegética 2017-2018, por lo que la única actividad cinegética permitida en la caza menor es el perreo de becada, modalidad en la que está prohibido portar armas.

  NUEVA TEMPORADA CINEGÉTICA

   Se trata de una decisión que ha dado a conocer hoy el consejero de Medio Rural, Jesús Oria, al Consejo Regional de Caza, durante una reunión en la que se ha informado el proyecto de la Orden anual de Caza para la temporada cinegética 2018-2019 en Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

   La temporada cinegética 2018-2019 comienza el 1 de abril y en la orden se determinan las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza, las regulaciones y los períodos hábiles para las distintas especies, las modalidades de captura permitidas, los criterios generales de aprovechamiento y las medidas de seguridad en las cacerías, entre otros aspectos.

   Con carácter general, en el período hábil para la caza tanto mayor como menor, únicamente se podrá cazar los martes, jueves, sábados, domingos y festivos, tanto de ámbito nacional como regional.

   Los recechos de corzo y de venado (machos o hembras) podrán realizarse los jueves, viernes, sábados y domingos, y festivos. Por su parte, el perreo de la becada solo se podrá realizar los domingos del período hábil para esta modalidad.

   El horario hábil en la temporada general de la caza menor y para las batidas de caza mayor será el comprendido entre las 8.00 y las 18.30 horas, en los meses de septiembre y octubre, y entre las 8.30 y las 17.30 horas. El horario hábil para recechar será el comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta.

   Para prevenir y controlar los daños producidos por las especies cinegéticas, los titulares de los terrenos cinegéticos podrán solicitar a la Dirección General del Medio Natural el incremento de los aprovechamientos de las especies cinegéticas causantes de dichos daños.

   En este sentido, en el Consejo se ha acordado incrementar "en la medida de lo posible" el número de batidas de jabalí en los cotos de las zonas costeras para reducir de esta forma la densidad de la especie en estas áreas.

   Respecto a la de media veda, la Consejería ha aceptado la propuesta de los representantes de los cazadores de retrasar la apertura, y en la misma medida, retrasar el cierre, de forma que los días hábiles para la caza de la codorniz, la paloma torcaz, la urraca y la corneja negra serán: 26, 28 y 30 de agosto, y el 1 y 2, 4, 6, 8 y 9 de septiembre de 2018.

   Por otro lado, el horario hábil de caza durante la media veda será el comprendido entre las 6.45 y las 21.15 horas.

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