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Fútbol 16-02-2017 16:30

Sobreseimiento provisional de Puñal, Sergio García, Abellá y Molina en el `caso Osasuna`

El juez estima en el auto de conclusión del `caso Osasuna` que las declaraciones incriminatorias del exgerente del club navarro Ángel Vizcay sobre los futbolistas Sergio García, Damiá Abellá, Patxi Puñal y Jorge Molina no se han refrendado con ninguna otra prueba, por lo que decreta el sobreseimiento provisional de la causa sobre ellos.

   Asimismo, el juez no aprecia indicios de que se pudiera haber amañado un empate entre el Espanyol y Osasuna, un resultado que, según pone de relieve, no le servía además al conjunto osasunista para mantenerse en Primera División.

   A mayor abundamiento, el magistrado revela que cuenta con otro dato "de singular potencia indiciaria" pero a favor de los investigados Puñal y García, que radica en el hecho de que los dos estaban siendo vigilados por detectives privados contratados por la LFP, quienes los siguieron todo el día en que, según el exgerente, se entregó el dinero "sin ver nada sospechoso o ni siquiera llamativo".

  SÍ HAY INDICIOS SOBRE OTROS JUGADOS

   El juez sí estima que hay indicios de que exmandatarios de Osasuna pagaron a tres jugadores del Betis, Antonio Amaya Carazo, Jordi Figueras Montiel y Xavier Torres Buigues, 650.000 euros en metálico, 400.000 para que ganaran al Valladolid y 250.000 para que perdieran con el club rojillo en los dos últimos partidos de la temporada 2013-14.

   La presunta participación de los entonces jugadores del Betis Amaya, Figueras y Torres se desprende, según el juez, del análisis de los posicionamientos de sus teléfonos móviles, que se ubican en las zonas donde se produjeron las negociaciones entre los directivos osasunistas y los jugadores, así como del cotejo de los registros de llamadas, las contradicciones apreciadas en sus declaraciones y careos y en el análisis patrimonial de ellos realizado, que revela diversos pagos en metálico por elevados importes y una caída importante en los reintegros bancarios de dinero tras los pagos en metálico presuntamente efectuados.

   Respecto a los hechos imputados a los miembros de la junta gestora, el magistrado destaca que los indicios vienen constituidos por las declaraciones prestadas por ellos y por Ángel Vizcay, "unido al hecho cierto e incontrovertido de que todos ellos firmaron las cuentas anuales" del Club Atlético Osasuna en las que, conforme se acredita con los informes periciales contables, "se incluyeron hechos falsos con la exclusiva finalidad de justificar o ocultar la salida delictiva de dinero del patrimonio social".

   Solo uno de los miembros de la gestora, Marino Zulet no participó en la manipulación de la contabilidad, por lo que el juez ha archivado su imputación, un sobreseimiento que también se ha decretado respecto de los exdirectivos Roldán y Ganuza, el primero porque dimitió de su cargo apenas transcurrido un año y no llegó a firmar las cuentas anuales y el segundo porque, tras las diligencias practicadas, no se aprecia que conociera las prácticas ilícitas llevadas a cabo en la entidad.

   Por último, el magistrado no ve ningún dato que permita apreciar la participación del exdirector financiero José Gómez en los hechos investigados ni tampoco la del contable Tomás López. En cuanto al sobreseimiento respecto a auditor Adolfo Suárez en los hechos objeto de esta pieza principal, es decir en las temporadas 2012-13 y 13-14, las investigaciones llevadas a cabo no han permitido apreciar indicios de que haya tenido alguna participación en los hechos.

   En la resolución, el juez detalla la exhaustiva investigación llevada a cabo en estos dos años, en los que ha dictado 65 autos, ha tomado 55 declaraciones y ha practicado 10 careos entre diferentes investigados.

   También especifica que los hechos y los datos están recogidos en más de 60 atestados elaborados por el Grupo II de la Brigada Provincial de Policía Judicial de la Jefatura Superior de Policía de Navarra, así como en diversos informes periciales emitidos por la Brigada Provincial de Policía Científica. Y, de igual modo, explica que también se incorporaron a la causa los resultados de los informes patrimoniales realizados por funcionarios de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Hacienda Foral de Navarra.

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